Columnistas


La Unidad Primaria en Salud...un futuro incierto...

La Unidad Primaria en Salud...un futuro incierto...

Hace unos días se puso en funcionamiento la Unidad Primaria en Salud, construcción que se realizó con excedentes de la cuenta maestra de salud, y unos recursos propios del Municipio. Se requirieron tres administraciones, Diego, Fabián y Lozano, para que el proyecto fuera una realidad. Esta realidad fue posible a la intervención en varias mesas de trabajo realizadas entre la comunidad, la Administración y el acompañamiento de la Contraloría General de la República, que, sin su participación, considero, la mentada Unidad Primaria en Salud aún estaría abandonada y sin prestar ningún servicio.

Como se pude observar fueron casi cinco (5) años que duró desde su inicio el proyecto a ser casi una realidad, el lector se preguntará por qué se habla de casi una realidad. Se habla en esos términos ya que la Unidad Primaria en Salud se construyó con el propósito de prestar servicios de salud por parte de una IPS.

El Concejo Municipal de Girardot por Acuerdo No 004 del 14 de abril de 2021 “autoriza al alcalde municipal para que celebre contrato de comodato, se dictan otras disposiciones y se derogan todas las que le sean contrarias”.

El artículo primero del mencionado acuerdo preceptúa: “Autorizar al alcalde municipal de Girardot para que entregue a título de comodato por un término de hasta de cinco (5) años renovables a la entidad promotora de salud Convida EPS (empresa industrial y comercial del departamento de Cundinamarca) el inmueble "antigua cárcel de mujeres, hoy Unidad Primaria en Salud de Girardot" [...]."

El parágrafo primero del artículo primero establece: “La autorización otorgada al alcalde municipal de Girardot, mediante el presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021 la cual rige a partir de su sanción y publicación”.

Como se manifestó con antelación, la Unidad Primaria en Salud se construyó con la única finalidad de prestar servicios de salud, las únicas entidades que pueden prestar servicios de salud son las IPS, y como es conocido de todos Convida es una EAPB (otrora denominadas EPS), encargada del aseguramiento de los usuarios, y la prestación de los servicios los realiza por intermedio de una IPS. En diferentes reuniones Convida manifestó que crearía una IPS para la prestación de los servicios de salud a sus asegurados.

Tal iniciativa quedó en el limbo, esa belleza no se cristalizó, en reuniones posteriores Convida manifestó que los servicios de salud saldrían a concurso (supongo licitación).

En la Unidad Primaria en Salud hoy en día se están prestando servicios administrativos de Convida, entrega de medicamentos, autorizaciones, etcétera. Servicios que no son la finalidad de la Unidad Primaria en Salud.

Convida ofreció un portafolio de servicios, el cual referiré a continuación así.

“Queda pendiente, entonces, la razón principal para la entrega del inmueble, que es precisamente el portafolio de servicios que afirmó el jefe de la Oficina Jurídica de Convida había sido entregado a la Secretaría de Salud de Girardot. Estamos hablando de consulta externa general, medicina general, odontología; consulta externa especializada en pediatría, ortopedia, dermatología, urología, oftalmología, medicina interna, otorrinolaringología, cardiología, ginecología, cirugía general y cirugía vascular.

A lo anterior se suma el servicio de radiología, imágenes diagnósticas, ultrasonido, fisioterapia, terapia respiratoria, fonoaudiología, laboratorio clínico, toma de muestras, toma de muestras cervicouterina, sala de yesos, procedimiento de endoscopia y colonoscopia, cardiovascular y otras más”. Tomado de la publicación de Plus Publicación, “¿Un elefante blanco cambiando de color?

Se puede presumir que, con la Unidad Primaria en Salud, por lo anteriormente descrito, se pude presentar una figura que en la administración pública se denomina: “Peculado por Destinación Oficial Diferente”.

Traigo a colación lo sucedido con Luis Gilberto Jaramillo, gobernador del Chocó en su momento: Luis Gilberto Murillo, nuevo gobernador del Chocó, fue condenado en 1997 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdó “a la pena principal de seis meses de prisión e interdicción de derechos y funciones públicas por un año, como autor culpable de la conducta de Peculado por Destinación Oficial Diferente”, (tomado de la w radio del 11/01/2012, de publicación de Jaime Andrés Ospina).

El Código Penal en su artículo 399 se refiere al peculado por aplicación oficial diferente así:

“El servidor público que dé a los bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte, cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, aplicación oficial diferente de aquella a que están destinados, o comprometa sumas superiores a las fijadas en el presupuesto, o las invierta o utilice en forma no prevista en éste, en perjuicio de la inversión social o de los salarios o prestaciones sociales de los servidores, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término”.

El lector podrá sacar sus propias conclusiones.

*Luis Roberto Acosta Díaz ha sido jefe nacional de control interno de la ESAP, decano de la facultad de Ciencias Políticas y Administrativas de la ESAP; contralor municipal de Girardot y gerente de la Empresa de Teléfonos de Girardot entre otros cargos.

*Las opiniones plasmadas por los columnistas en ningún momento reflejan o comprometen la línea editorial ni el pensamiento de Plus Publicación.