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Una democracia restringida

Una democracia restringida

Muchos podrán pensar o intuir que, al referirnos a una democracia restringida, estamos haciendo referencia al Frente Nacional, periodo en el cual los partidos tradicionales, el Liberal y el Conservador se alternaron el poder durante un periodo de tiempo para apaciguar las turbulentas aguas que por esa época vivía nuestra patria.

No es así, las presentes líneas van dirigidas en otro sentido, al cual me referiré en el desarrollo del escrito, la Génesis será un recuento breve sobre el concepto de democracia.

“La democracia es una forma de gobierno del Estado donde el poder es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones políticas”.

Etimológicamente, la palabra proviene del griego δημοκρατία (democratía), que se compone de los términos δῆμος (démos), que significa ‘pueblo’, y κράτος (krátos), que significa ‘poder’. Así, la democracia es el gobierno del pueblo

“La democracia es un sistema político y de organización social en el que se confiere el poder de decisión en la conducción del Estado (es decir, la soberanía) al pueblo, que se expresa mediante la voluntad de la mayoría. Este poder puede expresarse de forma directa o indirecta y, dentro del marco de la democracia, se espera que las instituciones ejecuten y defiendan la voluntad del pueblo, que les transfiere o delega el control del Estado en mayor o menor medida”.

Como se puede discernir, con la democracia es la representación de las mayorías, y supuestamente las mayorías deciden qué rumbos debe seguir el gobierno nuestro por la voluntad de las mayorías, en la práctica esa voluntad no se pone de manifiesto, ello lo estamos viviendo actualmente. Las mayorías quieren, desean un cambio, con las diferentes reformas que le ha remitido al Congreso para su aprobación, reformas que han tenido múltiples tropiezos.

Nuestra democracia, “es una democracia representativa, también llamada indirecta, es aquella donde los ciudadanos ejercen el poder político a través de sus representantes, elegidos mediante el voto, en elecciones libres y periódicas”.  Sucede que las mayorías eligen presidente, pero en el Congreso no tiene las mayorías, lo que hace necesario las alianzas, para obtener las mayorías, para poder aprobar las leyes, actos legislativos que requiere para hacer aprobar sus reformas que tratan de modificar el statu quo, lo que conlleva a hacer acuerdos con otros partidos, y ceder a muchas pretensiones de dichos partidos. Así las cosas, la realidad trasciende la teoría. La voluntad de las mayorías no se convierte en realidad. Es un contrasentido que las mayorías elijan su presidente, pero que no se tengan las mayorías en el Congreso.

De este modo, “el ejercicio de los poderes del Estado y la toma de decisiones deberá expresar la voluntad política que los ciudadanos han hecho recaer sobre sus dirigentes”. En ese orden de ideas la voluntad política de los ciudadanos, de las mayorías, no se consolida como un hecho cierto.

“Todo el mundo tiene derecho a formar parte del gobierno de su país, directamente o a través de representantes libremente elegidos. La voluntad del pueblo debe ser la base de la autoridad del gobierno; la cual debe expresarse a través de elecciones periódicas y legítimas basadas en el sufragio universal mediante voto secreto y libre”.

“El artículo 40 Constitucional consagra el derecho fundamental a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, y establece, entre otras cosas, que por regla general todas las personas tienen derecho a elegir y ser elegidas”

Considero, sin temor a equivocarme, que el artículo 40 constitucional no se cumple, se preguntaran el por qué; por el bendito AVAL.

Según el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia, el reconocimiento de la UP y la creación del partido de la FARC, las organizaciones políticas que en la actualidad cuentan con personería jurídica en Colombia son 35.

Los partidos o movimientos políticos con personería jurídica reconocida por el CNE otorgan el aval a un ciudadano que los representará en una elección popular. El aval es otorgado por el representante legal del partido o movimiento político o por quién él delegue de manera expresa.

El aval, es un acto potestativo y unipersonal de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, en cuanto a que es una manifestación de la voluntad que posibilita una candidatura, y simultáneamente es garantía de las condiciones morales y calidades del beneficiario

Según la Misión de Observación Electoral (MOE), las personas candidatas deberán ser escogidas mediante procedimientos democráticos, de conformidad con los estatutos de los partidos políticos.

Nos podemos preguntar, ¿será que los partidos escogen democráticamente sus candidatos a los cargos o dignidades de elección popular? Sin temor a equivocarme lo puedo dudar con certeza, muchos de esos candidatos no conocen los estatutos de los partidos que los avalan. Comenzando que no tienen sede definida, no saben a dónde acudir, están supeditados al cacique de turno. Las sedes aparecen, se puede decir, unos cuatro meses antes del proceso electoral, no se conocen ni sus dirigentes, y en muchas ocasiones, como en el caso del concejo, colocan los quince (15) candidatos, porque se los exigen las autoridades electorales.

De acuerdo con el articulo 40 de la Constitución Política, “todas las personas tienen derecho a elegir y ser elegidos”. En la práctica esto no se cumple, si no tengo el famoso AVAL, no me puedo postular a ser candidato, en consecuencia, el aval restringe nuestra democracia. No todas las personas tienen la posibilidad de acceder a un AVAL, deambulan de partido en partido, de Movimiento en Movimiento para poder alcanzar el tan anhelado Aval, unos lo logran otros no, según se escucha el aval se ha convertido en una subasta, lo logra el mejor postor.

¿Quién es un candidato?

Es un ciudadano que se postula con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica, o con el respaldo de un grupo significativo de ciudadanos, para ser elegido a un cargo público de elección popular. El aval es una manifestación de la voluntad que posibilita una candidatura y garantiza las condiciones morales y calidades del ciudadano beneficiario.

Aquí cabe una pregunta, ¿Será cierto que el partido o movimiento político con personería jurídica, el grupo significativo de ciudadanos, estudian las condiciones morales y las calidades del ciudadano beneficiario del aval?

Un candidato se puede inscribir: con el aval de un Partido o Movimiento político con personería jurídica reconocida por el (CNE): un partido político es una institución de carácter permanente que encauza la participación y contribuye a la formación y manifestación de la voluntad popular, con el objeto de acceder al poder, a cargos de elección popular e influir en las decisiones de la Nación. Un movimiento político es una asociación de ciudadanos constituido para influir en la formación de la voluntad política o para participar en un proceso electoral.

*Luis Roberto Acosta Díaz ha sido jefe nacional de control interno de la ESAP, decano de la facultad de Ciencias Políticas y Administrativas de la ESAP; contralor municipal de Girardot y gerente de la Empresa de Teléfonos de Girardot, entre otros cargos.

*Las opiniones plasmadas por los columnistas en ningún momento reflejan o comprometen la línea editorial ni el pensamiento de Plus Publicación.