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La SIC solicita revisar procedimiento de elección de Luisa F. Aragón Moncaleano como presidenta de la Cámara de Comercio de Girardot. Afirma no haber invalidado el proceso de elección

Plus Publicación contacto la fuente oficial. En su respuesta reveló: «La SIC desde hace varias semanas conoció de este asunto y se pronunció hacia la Junta Directiva de la Cámara dando instrucciones precisas […] No obstante la SIC no ha calificado en ningún momento el nombramiento de la señora Aragón como un proceso deshonesto y falto de transparencia. Tampoco ha declarado inválido el proceso de elección […]».

La SIC solicita revisar procedimiento de elección de Luisa F. Aragón Moncaleano como presidenta de la Cámara de Comercio de Girardot.  Afirma no haber invalidado el proceso de elección

Con el fin de constatar informaciones que circularon en redes sociales aseverando que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), «dejó sin valor […] el nombramiento de Luisa Aragón […] » y conocer los alcances e incidencias de la solicitud hecha a los miembros de la Junta directiva de la Cámara de Comercio de Girardot, Alto Magdalena y Tequendama, Plus Publicación contactó la fuente oficial. En su respuesta reveló: «La SIC desde hace varias semanas conoció de este asunto y se pronunció hacia la Junta Directiva de la Cámara dando instrucciones precisas […] No obstante la SIC no ha calificado en ningún momento el nombramiento de la señora Aragón como un proceso deshonesto y falto de transparencia. Tampoco ha declarado inválido el proceso de elección […]».

«De encontrar elementos adicionales que den cuenta de alguna irregularidad dentro del proceso, inmediatamente la Superintendencia estará lista a investigar lo que corresponda», señaló la fuente a Plus Publicación.

Por lo anterior la SIC instó a los miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio  a revisar el procedimiento y las circunstancias en las que se llevó a cabo la designación de Luisa Fernanda Aragón Moncaleano como presidenta ejecutiva. 

La solicitud la hizo la Superintendencia al advertir «que en el desarrollo de la reunión (de junta directiva)  se señalaron presuntas inhabilidades y reparos frente a algunos aspirantes (entre ellos la persona designada), conflictos de interés, así como también se indicó que no estaban dadas las condiciones para analizar, discutir y aprobar la designación del Presidente Ejecutivo».

A las anteriores consideraciones llegó la directora de Cámaras de Comercio, Claudia Nina Zuluaga Isaza luego de conocer el Acta No. 1353 del 31 de julio de 2020 de junta directiva, en la que se decidió la designación de  Aragón Moncaleano, y las constancias dejadas por varios de sus miembros.

Según la SIC, durante la reunión de junta, «uno de los directivos resaltó la importancia de fijar un perfil y realizar una convocatoria, sin embargo, se decidió realizar la elección, sin tener en cuenta otras hojas de vida como se propuso y sin analizar las observaciones del directivo, que decidió retirarse de la reunión».

En su comunicación a la junta directiva, la SIC advierte que «Para la elección del Presidente Ejecutivo, según lo dispuesto en los artículos 12 y 25 de los estatutos sociales de la Cámara de Comercio, debe existir un perfil previamente establecido que atienda la importancia y exigencias del cargo. Por lo anterior, no se considera adecuado que en el desarrollo de la reunión se ignoren las observaciones de los directivos que solicitan que se determine dicho perfil y se inicie una convocatoria, con fundamento en que los estatutos no señalan un procedimiento para el efecto».

« […] una decisión apresurada como la que se advierte de la lectura del Acta, puede generar ausencia de confianza y transparencia en la entidad», agrega  en uno de los apartes la comunicación, enfatizando que «el Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio es el vocero de la entidad y ejecutor de sus decisiones, y la manera en que se elige dicho cargo debe atender a la importancia y exigencia que el mismo reviste».

En la parte final del documento la Superintendencia afirma que estará atenta a que «la Junta Directiva dé cumplimiento a la revisión del procedimiento y a las circunstancias en las que se llevó a cabo la designación del Presidente Ejecutivo, y una vez discutida y adoptada la decisión sobre el particular, se remita nuevamente la información a esta Entidad, para los efectos correspondientes».

ASPECTOS DECISIVOS DEL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA CONSIDERADOS POR LA SIC

Las precisiones, consideraciones,decisiones y comentarios expuestos a los miembros de la junta directiva por la directora de Cámaras de Comercio de la SIC, se soportan en el acta de la reunión en la que se llevó a cabo la elección de Luisa Aragón, varias de ellas destacadas en la carta que el ente remite a los mismos. (A continuación apartes importantes que aparecen en la carta enviada por la SIC a la Cámara de Comercio de Girardot).

Una de las intervenciones que señala Zuluaga Isaza es la de Rafael Villarraga, quien deja ver que en caso de desarrollarse la reunión con el cambio del orden del día propuesto para la elección del presidente ejecutivo se presentaría una «ilegalidad», teniendo en cuenta que:

Manifiesta igualmente el directivo la existencia de:

En la misma intervención se anota en el Acta que, «se dirige a la directiva Julia Edith Casilimas, manifestando que ha escuchado que ella también es contratista de la Administración Municipal del Municipio (sic) de Tocaima, situación que quisiera que quedara (sic) como constancia en el acta si es cierto o no […] ».

Otra de las consideraciones tenida en cuenta por la SIC, fue la expuesta por Alejandro Aljure Salame al asegurar que « […] no están las condiciones dadas para la elección de presidente ejecutivo […]». El Acta señala que el mismo:

Así mismo, en el proceso de elección intervino la señora Julia Casilimas quien expresó que «la junta directiva nunca estableció ni aprobó que se abriera convocatoria para la designación de presidente ejecutivo […]». 

Con base en lo manifestado por los miembros durante la junta, la directora de Cámaras de Comercio, Claudia Zuluaga Isaza les recuerda que son ellos quienes tienen a su cargo la importante tarea de designar al presidente ejecutivo, «quien, como representante legal de la entidad y ejecutor de sus decisiones, debe corresponder a un profesional del más alto nivel y experiencia».

Por lo anterior, advierte la directora de Cámara de Comercio:

Resta esperar que la junta directiva de la Cámara de Comercio de Girardot cumpla con prontitud el requerimiento de la SIC de la revisión del procedimiento, así como la situación como se llegó a la elección de Luisa Fernanda Aragón Moncaleano como presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Girardot, Alto Magdalena y Tequendama para que quede definida la situación de la presidencia ejecutiva de la entidad.

Nota: El subrayado no es nuestro.