Judiciales
En Colombia inicia vacancia judicial
La pausa laboral se prolongará hasta el día miércoles 10 de enero de 2019.

Al igual que en todo el país, este jueves 20 de diciembre iniciará en Girardot la vacancia judicial, o vacaciones colectivas, que la ley le otorga a la mayoría de despachos y servidores del poder judicial.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 270 de 1996, estas vacaciones no aplican para los funcionarios y empleados de la rama judicial que prestan sus servicios en «la Sala Administrativa de los Consejos Superiores y Seccionales de la Judicatura, las de los Tribunal Nacional, las de los Juzgados Regionales mientras existan, de Menores, Promiscuos de Familia, Penales Municipales y de Ejecución de Penas; y las de los de la Fiscalía y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses».
En cuanto al término de caducidad, es necesario precisar que este no se suspende con la vacancia judicial, ya que según lo establece la Sección Tercera del Consejo de Estado, el único supuesto para la suspensión del término de la caducidad se presenta por la presentación de la solicitud de conciliación extrajudicial, tal y como lo establecen el artículo 3º del Decreto 1716 de 2009 y el artículo 21 de la Ley 640 del 2001.
La pausa laboral se prolongará hasta el día miércoles 10 de enero de 2019.
Para el caso de los funcionarios y empleados de la rama judicial para quienes no aplica la vacancia judicial, el artículo 146 de la Ley 270 de 1996 señala que «Las vacaciones individuales serán concedidas de acuerdo con las necesidades del servicio por la Sala Administrativa del Consejo Superior y Seccionales de la Judicatura por la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal a los Jueces y por el respectivo nominador en los demás casos, por un término de veintidós días continuos por cada año de servicio».
Fuente: Ámbito Jurídico