Judiciales
Despacho judicial falla tutela a favor de Diego Escobar Guinea contra el veedor Calderón España
Argumenta Escobar Guinea, que a raíz de las publicaciones y videos con tales aseveraciones dados a conocer públicamente por Calderón España, el proceso de recolección de firmas que adelanta para inscribirse como candidato a la alcaldía de Girardot ha disminuido.

El juzgado Tercero Civil Municipal de Girardot resolvió «se tutelen los derechos fundamentales a la dignidad humana, el buen nombre, a la honra y a elegir y ser elegido» del aspirante a la alcaldía de Girardot, Diego Escobar Guinea.
En el fallo emitido el 26 de junio de 2019, el despacho judicial responde así a la tutela impetrada por el exalcalde contra el veedor Juan Carlos Calderón España, buscando la protección de los mencionados derechos, presuntamente vulnerados por este.
En la tutela el accionante asegura que de forma « injuriosa, difamatoria, errónea y calumniosa», el veedor ha sostenido que este se encuentra inhabilitado para ser candidato a la alcaldía de Girardot, al tiempo que lo ha catalogado de «bandido y delincuente», y ha lanzado «todo tipo de señalamientos en su contra, menoscabando su honra y buen nombre».
Argumenta Escobar Guinea, que a raíz de las publicaciones y videos con tales aseveraciones dados a conocer públicamente por Calderón España, el proceso de recolección de firmas que adelanta para inscribirse como candidato a la alcaldía de Girardot ha disminuido.
Al fallar la tutela, la juez tercera civil municipal de Girardot, Diana Gicela Reyes Castro, ordena a Calderón España que « dentro del término máximo de 48 horas […] elimine de su perfil de Facebook las publicaciones y/o videos en las cuales se refirió al señor Diego Escobar Guinea aduciendo que se encuentra inhabilitado para ser candidato a la Alcaldía de esta ciudad y demás señalamientos que hayan vulnerado sus derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y a elegir y ser elegido».
Ordena igualmente el despacho al accionado, «se abstenga, en lo sucesivo, de divulgar o publicar a través de cualquier medio de internet, espacio académico y político, acusaciones u opiniones en contra del actor».
Para llegar a la decisión tomada la autoridad judicial sostiene en uno de sus apartes, que con las acusaciones realizadas por el accionado «podría ubicar al señor Escobar Guinea en una situación de indefensión por ser época electoral […]».
Asegura más adelante que Calderón España ha acusado «enfáticamente» a Escobar Guinea de estar inhabilitado, «sin que medie pronunciamiento de algún órgano electoral o judicial respecto al caso».
Advierte el despacho, que señalamientos como «bandido y delincuente […] no se encuentran protegidos por el derecho a la libertad de opinión, máxime cuando a la fecha, no existe un fallo condenatorio en su contra […]».
Precisa de otro lado la juez, que si «Calderón España considera que en efecto el actor se encuentra inhabilitado […] puede acudir a los diferentes mecanismos establecidos en la ley para poner en conocimiento esta situación […]».
« […] mañana impugnaré la tutela», anunció el veedor en su perfil de Facebook, al afirmar que con dicho fallo, se le «viola los derechos a la expresión y a la comunicación […]».