Judiciales
Se reanuda audiencia contra el exalcalde de Girardot, Rodolfo Serrano Monroy, en donde se decidirá si se acepta la solicitud de nulidad procesal realizada por su abogado defensor
El proceso abierto contra el exalcalde de Girardot, Rodolfo Serrano Monroy, y la que en su momento fungiera como secretaria de Hacienda en su administración, Yasmín Cabrera Mosquera, se origina por el proceso de selección abreviada de enajenación de bienes, que tenia por objeto la venta de lo que en su momento se conoció como Cementerio Universal.

A las nueve de la mañana de hoy jueves se reanudará la audiencia de juicio oral que se adelanta contra el exalcalde de Girardot, Rodolfo Serrano Monroy, y quien fungiera como secretaria de Hacienda en su segundo gobierno, Yazmín Cabrera Mosquera, por el delito de Peculado por Apropiación.
La audiencia realizada el pasado primero de abril fue suspendida, luego de que el abogado de confianza de Serrano Monroy, Jeison Quintero, solicitara incidente de nulidad, «Específicamente lo que tiene que ver por violación a garantías fundamentales, ya sea por violación al derecho de defensa o al debido proceso en aspectos sustanciales en este campo, debiendo precisarnos de manera principal en lo que tiene que ver con la falta de defensa técnica de parte del anterior apoderado del señor Rodolfo Serrano Monroy, el doctor Juan Pablo Herrera Enciso».
Entre sus argumentos expresó que durante la audiencia preparatoria «se omitió ejercer en su debida forma, con debida idoneidad […]», además de no especificar con técnica suficiente lo relacionado con la incorporación de algunos elementos de prueba. Advirtiendo en este punto, «[…] incluso, algunos que verdaderamente se tienen por parte de esta defensa no fueron incorporados a la diligencia preparatoria para que fuesen tenidos en cuenta […]», haciendo alusión a Herrera Enciso.
Mencionó, también, unos elementos materiales de prueba presentados por Herrera Enciso, indicando que, «no se ve la pertinencia ni tampoco se ve la eficacia de los mismos (sic)», agregando a su vez, que, «[…] no hay necesidad de incorporarlo a través de un testigo de acreditación como es el señor Rodolfo Serrano Monroy, porque este no era el que verdaderamente entró a emitirlos». Por lo que el mismo Quintero, concluyendo en este sentido, reiteró: «[…] no veo la necesidad, no veo la pertinencia, no veo la eficacia, no veo la utilidad de que estemos incorporando este documento a través de testigo acreditación con el señor Rodolfo Serrano […]».
Destacó el abogado defensor en su intervención, que se vincula al proceso una copia simple y un cuadro sobre un cálculo de limpieza y mantenimiento del predio Cementerio Universal, por valor de $583 000, aceptado, afirmó, por el mismo Despacho judicial. Haciendo caer en la cuenta de que «[…] la relación del primer folio y los folios posteriores que son los que se anexan para soportar cómo técnicamente se llegó a esa conclusión que era el cálculo de la limpieza no lo aportó». Aseverando que así se presenta un «bache bastante amplio» porque «esta defensa queda corta», al no contar con la persona que realmente realizó el cálculo y que tiene la idoneidad y el conocimiento profesional «con el cual se pretendía vincular esa parte para poderla sustentar en juicio oral», y según el abogado defensor, no «lo hizo en debida forma» el anterior abogado defensor, Juan Pablo Herrera Enciso.
Incluso llegó a mencionar el actual abogado de confianza de Serrano Monroy, que la defensa anterior había allegado un derecho de petición, «[…] pero la técnica para poder hacer la vinculación de los elementos probatorios que se lograban obtener a través de ese derecho de petición no los vinculó». Añadiendo al respecto: «Entonces, hace que quede vacío el derecho de petición, porque de nada me sirve yo decirle al Despacho, «sí, se vinculó el derecho de petición», si no se vincularon los documentos anexos que fueron expedidos por la misma Alcaldía Municipal y que son de vital importancia para esta defensa […]».
Dentro de su explicación afirmó que incluso se incluyeron unos elementos materiales de prueba que no tenían relación con el proceso, «[…] al revisar el contenido de los aportes probatorios me vinculan un predio que no tiene nada que ver con el Cementerio Universal, pero que el doctor Herrera Enciso lastimosamente no se percató, y dejó que se vincularan unas relaciones contractuales que completamente son ajenas a estas pesquisas judiciales de este expediente».
Concluyendo su argumentación señaló: «Entonces, en vista a esa situación, su señoría, es que se eleva esta solicitud de nulidad, y requiere que se deje sin efectos hasta la iniciación de la audiencia preparatoria por violación a garantías fundamentales, ya sea por la violación al derecho a la defensa, específicamente por el tecnicismo jurídico para la práctica de la defensa técnica del señor Rodolfo; y de esta manera esta defensa actual que fungimos a partir del día de hoy, […] no vaya a quedar mocha, por decirlo coloquialmente de esa manera, y podamos tener los elementos de prueba, porque con los elementos de prueba que tenemos francamente no podemos hacer gran cosa […]».
FISCAL PIDE QUE SE DESPACHE DESFAVORABLEMENTE LA SOLICITUD
La abogada Giovanna Peña Torres, fiscal segunda delegada en jueces del circuito de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de Cundinamarca, en el momento de emitir su concepto solicitó al juez Tercero Penal del Circuito que se despachara desfavorablemente la solicitud presentada por el abogado defensor, al considerar varios aspectos.
Indicó Peña Torres que el abogado había basado la solicitud de Nulidad por Violación a Garantías Fundamentales, en la falta de defensa técnica de Herrera Enciso. Subraya la fiscal, que a pesar de este haber «[…] en cierta forma criticado la actuación del doctor Juan Pablo […] por no haber ejercido en debida forma por falta de tecnicismo al momento de desarrollar la audiencia preparatoria», él también habría omitido algunos aspectos importantes dentro de su solicitud: «[…] el señor defensor no ha señalado los elementos que se deben predicar al momento de realizar una solicitud de esta categoría, como es la taxatividad, la acreditación, la protección, la convalidación, la instrumentalidad, la trascendencia, y obviamente, tenemos que tener en cuenta que la nulidad es una situación residual, es la última instancia cuando existe una violación flagrante que tenga una trascendencia que no fue debidamente abordada por el señor defensor», puntualizó.
Advirtió asimismo que, al escuchar los audios de las sesiones de las audiencias preparatorias, si bien hubo algunos requerimientos en su momento al abogado Herrera Enciso, «[…] observamos que efectivamente él […] ejerció la defensa, toda vez que tenemos un sinnúmero de pruebas decretadas en favor de la teoría que presentó esta defensa en favor del señor Rodolfo Serrano Monroy. Cosa diferente es que la actual defensa no comparta esa tesis defensiva en la actualidad».
En cuanto a la falta de defensa técnica recordó la fiscal que, «[…] la Corte Suprema de Justicia nos ha dicho que cuando se acusa de la violación del derecho de defensa técnica no basta simplemente con reprobar la labor del abogado que atendió los intereses del acusado, tildarla de inidónea o de ineficaz, pues es indispensable que el impugnante concrete una verdadera falla del profesional ya sea porque actuó con apatía, ignorando la esencia del sistema procesal acusatorio o con evidente desinterés».
Al final de su intervención se ratificó en su solicitud de que se despachara desfavorablemente la solicitud del defensor, «[…] porque no acreditó en debida forma esa nulidad, ese perjuicio irremediable que se le puede estar ocasionando a las garantías fundamentales del señor Rodolfo Serrano Monroy y se dé continuidad con el proceso».
Sobre el mismo asunto el juez Tercero Penal del Circuito decidió suspender la audiencia ante la solicitud de nulidad, con el fin de escuchar los audios de las mesas preparatorias «para resolver en debida forma», expresó.
EL CASO DEL CEMENTERIO UNIVERSAL
El proceso abierto contra el exalcalde de Girardot, Rodolfo Serrano Monroy, y la que en su momento fungiera como secretaria de Hacienda en su administración, Yasmín Cabrera Mosquera, se origina por el proceso de selección abreviada de enajenación de bienes, que tenia por objeto la venta de lo que en su momento se conoció como Cementerio Universal, ubicado enfrente a la carrera décima, entre calles 25 y 26, y sobre la carrera once, enfrente de lo que hoy es la Terminal de Transporte de Girardot.
Como resultado de la enajenación se habla de un presunto detrimento patrimonial en contra de los intereses del Municipio de Girardot, por una cuantía que asciende a los $604 millones. De acuerdo con el avalúo comercial del inmueble en marzo del 2011 este era de $1296 millones; y sacado en venta por subasta por la suma de $692 millones. El precio mínimo de venta fijado por la Administración Municipal en ese momento fue de $686 962 497.
Sobre el valor con el cual se negoció el terreno en donde se encontraba el Cementerio Universal, se señala que no existe documento alguno que justifique haber disminuido en tal cantidad el valor por el cual se vendió el inmueble, «[…] ni existen documentos que sustenten el precio mínimo de venta de acuerdo a (sic) los gastos administrativos que se relacionan como publicidad, tramites, vigilancia del predio, limpieza, impuesto predial, honorarios de abogado, etc. […]».
El 11 de octubre de 2019 se les imputó a Rodolfo Serrano Monroy, y a Yasmín Cabrera Mosquera, el punible de Peculado por Apropiación, por el que ninguno de los imputados aceptó cargos.