COVID-19
Responsabilidad de los municipios y población priorizada en cada fase del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 define el Gobierno nacional
Las personas de 15 años de edad o menos y las mujeres en embarazo residentes en Colombia, sólo lo podrán ser, cuando los fabricantes de las vacunas que se estén aplicando en el país hayan entregado la evidencia sobre su seguridad y eficacia en estos grupos poblacionales.

Reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por COV10-19, disminuir la incidencia de casos graves y la protección de la población que tiene alta exposición al virus y bajar el contagio en la población general, con el propósito de controlar la transmisión y contribuir a la inmunidad de rebaño en Colombia, son los objetivos del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 adoptado mediante el Decreto 109 promulgado el pasado viernes (29.01.2021)por el Gobierno nacional (https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO-109-29-ENERO-2021.pdf).
POBLACIÓN OBJETO DEL PLAN NACIONAL DE VACUNACIÓN
La población objeto a vacunar será, «los habitantes del territorio nacional incluidos los extranjeros acreditados en misiones diplomáticas o consulares en Colombia, de 16 años de edad en adelante, excluyendo mujeres en gestación, hasta alcanzar la vacunación de, al menos, el 70% de los habitantes del territorio nacional».
Las personas de 15 años de edad o menos y las mujeres en embarazo residentes en Colombia, sólo lo podrán ser, cuando los fabricantes de las vacunas que se estén aplicando en el país hayan entregado la evidencia sobre su seguridad y eficacia en estos grupos poblacionales.
DISPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA POBLACIÓN A VACUNAR EN CADA ETAPA
La información de la etapa en la que se vacunará cada persona, y la población priorizada a la que pertenece reposará en la plataforma MIVACUNA COVID-19*. La información de las personas a vacunar en cada una de las etapas deberá estar publicada antes del inicio de cada una de ellas.
Los ciudadanos podrán hacer consulta individual sobre la etapa en la que fueron clasificados ingresando con su número de identificación.
RESPONSABILIDADES DE LOS MUNICIPIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO
Garantizar la cadena de frío, el manejo de biológicos y demás insumos bajo su custodia, y realizar en el marco de sus competencias el seguimiento al cumplimiento de lo establecido, son solo algunas de las responsabilidades impuestas a los municipios en el marco del plan.
Se suman, garantizar la contratación del talento humano para la gestión y operación del mismo, y asegurar el transporte para el traslado de vacunas e insumos del programa desde los centros de acopio municipales.
Deberán así mismo los municipios contar con un plan de contingencia ante fallas de fluido eléctrico u otros eventos que pongan en riesgo la seguridad de la vacuna, y definir con las entidades responsables del aseguramiento y los prestadores de servicios de salud las estrategias y tácticas de vacunación.
Será igualmente su responsabilidad orientar a los habitantes frente a las dudas o consultas relacionadas con toda la información que reposa en la plataforma MIVACUNA COVID-19, y adquirir una póliza de seguro todo riesgo para el amparo de las vacunas e insumos, mientras estos estén bajo su custodia.
Por estar catalogados los biológicos e insumos como un bien público, les corresponde realizarles un seguimiento permanente para evitar pérdidas o vencimiento que conlleven a procesos disciplinarios y fiscales.
La lista de responsabilidades otorgadas a estos entes territoriales no termina aquí, sobre estos recaen, entre otras:
- Establecer e implementar el plan de comunicaciones de la vacunación y fortalecer el desarrollo de capacidades del talento humano requerido.
- Solicitar al departamento, por el sistema de información PAIWEB**, las vacunas, las jeringas y los carnés.
- Realizar el seguimiento a los reportes de pérdidas de cadena de frío, y tomar las medidas correctivas en cada caso.
- Adelantar acciones de información y educación en salud para la promoción de la vacunación.
PRIORIZACIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETO PARA LA APLICACIÓN DE LA VACUNA
El plan se divide en 2 fases y 5 etapas. Si una persona tiene condiciones que la hagan pertenecer a dos o más, primará aquella que le permita recibir con mayor prontitud la vacuna.
Quienes por cualquier motivo no hayan recibido la vacuna en la etapa que le correspondía, tendrán derecho a hacerlo en las etapas siguientes.
Según el Ministerio de Salud y Protección Social, la priorización establecida obedece a la mejor evidencia científica disponible al momento de la expedición del Decreto, sin embargo, si existiere variación en esa evidencia, la población objeto y priorizada, podrá ser actualizada.
Precisa lo normado, que «teniendo en cuenta que las vacunas son un bien escaso y que llegarán al país gradualmente, el Ministerio de Salud y Protección Social podrá definir aplicaciones prioritarias de la vacuna dentro de la misma etapa».
FASES Y ETAPAS ESTABLECIDAS EN EL PLAN
Primera Fase: Integrada por las tres primeras etapas:
Etapa 1: Comprende las personas de 80 años de edad y más, y de forma progresiva, el personal cuya actividad principal está involucrada con la atención de pacientes con diagnóstico confirmado de COVID19 y, en consecuencia, se encuentran en una exposición permanente, intensa y directa al virus; y a quienes tienen el mayor riesgo de presentar un cuadro grave y de morir por COVID-19.
Incluye el personal de servicios generales, vigilancia, celaduría, administrativo y de facturación, que realizan su trabajo en los servicios en donde se atiende pacientes contagiados de COVID-19, y quienes prestan servicio de vacunación y realizan autopsias o necropsias.
Etapa 2: Contempla a la población entre los 60 y los 79 años de edad.
De forma progresiva, a quienes tienen un riesgo alto de presentar un cuadro grave y de morir a consecuencia del contagio y al talento humano que labora en servicios de salud de cualquier nivel de complejidad que, por el desarrollo de las mismas, tienen una exposición alta al virus y que no están en la etapa 1.
Incluye al talento humano en salud, médicos tradicionales, sabedores ancestrales y «promotores comunitarios en salud propia», al igual que a los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación estén en práctica clínica en un prestador de servicios de salud.
Etapa 3: Se vacunará, de forma progresiva a quienes tienen un riesgo moderado de presentar un cuadro grave y de morir por COVID -19 o un riesgo moderado de exposición al virus; a los cuidadores de población de especial protección; a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. En este grupo están:
- Población entre 16 y 59 años que presente una de las siguientes condiciones:
Enfermedades hipertensivas
Diabetes
Insuficiencia renal
VIH
Cáncer
Tuberculosis
EPOC
ASMA
Obesidad
En lista de espera de trasplante de órganos vitales
Postransplante de órganos vitales
- Agentes educativos, madres y padres comunitarios (ICBF).
- Docentes, directivos docentes y personal administrativo de los centros de educación inicial, preescolar, básica primaria y secundaria, y educación media.
- Cuidadores institucionales de niños, niñas y adolescentes del ICBF.
- Cuidadores de adultos mayores tanto institucionalizados como en atención domiciliaria, identificados por un prestador de servicios de salud.
- Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que esté en proceso de formación en las escuelas, de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
- Personal de la Fiscalía General de la Nación con funciones de policía judicial.
- Guardia indígena y guardia cimarrona.
- Personal de funerarias, crematorios y cementerios, que manipulen cadáveres.
Segunda Fase: Se compone de las dos últimas etapas:
Etapa 4: Las personas que viven en contextos en los que se dificulta garantizar el distanciamiento físico, específicamente:
- Población condenada o con medida de aseguramiento intramural.
- Personal de custodia y vigilancia y el encargado del suministro de alimentación al interior de los establecimientos de reclusión.
- Personal de la Fiscalía General dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en las celdas transitorias a cargo del organismo.
- Bomberos, socorristas de la Cruz Roja Colombiana y de la Defensa Civil.
- Habitantes de calle identificados por las alcaldías municipales.
- Controladores aéreos y bomberos aeronáuticos.
- Pilotos y auxiliares de vuelos internacionales.
Etapa 5: Las personas de 16 años y más que no se encuentren en las etapas, 1, 2, 3 Y 4.
En el transcurso de esta etapa se mantendrá el orden de aplicación comenzando con los adultos entre 50 y 59 años, hasta llegar a los jóvenes y adolescentes que se encuentren dentro de la población objeto del Plan.
MIVACUNA COVID-19*: Plataforma tecnológica que «permite a todos los habitantes del territorio nacional la consulta individual de la información sobre la etapa en la que cada habitante del territorio nacional identificado, quedó priorizado y, de acuerdo a la etapa, el lugar y la fecha de vacunación».
PAIWEB**: «Sistema de información del Programa Ampliado de Inmunizaciones - PAI, administrado por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante el cual se realiza el registro nominal de la aplicación de las vacunas de los habitantes del territorio nacional».
Foto Pixabay.