Salud

Revocada parcialmente autorización de funcionamiento a Medimás en ocho departamentos del país

Con la orden emitida por medio de la Resolución 2379 del 15 de mayo del presente año, 319 223 usuarios deben ser traslados a nuevas Entidades Promotoras de Salud pertenecientes a los departamentos de Magdalena, La Guajira, Guainía, Cundinamarca, Cauca, Bolívar, Arauca y Atlántico, de quienes se espera presten un mejor servicio de salud a estas personas.

Revocada parcialmente autorización de funcionamiento a Medimás en ocho departamentos del país

La Superintendencia Nacional de Salud informó el sábado anterior que revocó parcialmente a la EPS Medimás su funcionamiento en ocho departamentos de Colombia.  Hay que recordar que en el mes de marzo la Superintendencia había dado a conocer sobre esta decisión.

Con la orden emitida por medio de la Resolución 2379 del 15 de mayo del presente año, 319 223 usuarios deben ser traslados a nuevas Entidades Promotoras de Salud pertenecientes a los departamentos de Magdalena, La Guajira, Guainía, Cundinamarca, Cauca, Bolívar, Arauca y Atlántico, de quienes se espera presten un mejor servicio de salud a estas personas.

La decisión se toma luego de una « […] rigurosa revisión de las objeciones presentadas por la EPS a la resolución 001146 del 3 de marzo de 2020, mediante la cual la Superintendencia había ordenado el inicio del proceso de revocatoria parcial de la autorización de funcionamiento de Medimás en esos departamentos».

INCREMENTO DE QUEJAS

La Superintendencia de Salud confrontó la información en cuanto a la cantidad de peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD), ocurridas durante el mismo periodo de diferentes años (2019-2020).  Este parangón demostró que durante los periodos de enero-febrero, en el 2020 la situación de PQRD aumentó en un 199% en los ocho departamentos.

De igual manera se evidenció que en el tema de los tiempos de cierres de las PQRD alcanzaron un promedio de 73 días en Cauca, y 58 días para el departamento de Cundinamarca en el 2019.

La Supersalud pudo comprobar que las causales en los ocho departamentos « […] se refieren en términos generales a que la EPS Medimás ponía en riesgo la efectividad de los servicios, la seguridad de los afiliados y la destinación de los recursos del sector, poniendo en riesgo la sostenibilidad de otros actores del sistema por lo que incumplía de forma reiterada e injustificada las condiciones de habilitación».

Es así como en el 2018 y 2019 se detectaron demoras « […] en la asignación de citas de medicina especializada, inoportunidad en la prestación de servicios de salud, incumplimiento al suministrar de manera oportuna los medicamentos e insumos a los usuarios, contratación de prestadores que no tenían servicios habilitados y fallas en la operación del sistema de referencia y contrarreferencia, entre otros».

MOROSIDAD EN EL PAGO

Se encontró igualmente que reiterativamente los pagos que debía realizar a la red de prestadores no los efectuaba oportunamente, dejando de girar los dineros en la fecha establecida, correspondiente a obligaciones originadas por servicios y tecnologías en salud.

Financieramente la Supersalud encontró que Medimás carecía de liquidez para poder afrontar y responder con las obligaciones a corto, mediano y largo plazo, representando un evidente riesgo crediticio para las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS).

Con la decisión adoptada por la Superintendencia de Salud, llega a 11 departamentos en donde Medimás no tiene presencia para prestar sus servicios. Hay que recordar que durante el año 2019 fue cobijada por una revocatoria parcial en los departamentos de Chocó, Sucre y Cesar.

Como siempre se dice en estos casos, el superintendente Aristizabal Ángel advirtió que mientras se adelanta el proceso del traslado de los afiliados a las diferentes EPS, Medimás se encuentra en la obligación de « […] garantizar la prestación de los servicios de salud en condiciones de oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad; así como el pago de las obligaciones con los prestadores y demás proveedores de dichos departamentos».

Como es de esperarse, se enfatiza que una vez se haga efectivo el traslado de los afiliados, Medimás debe terminar inmediatamente tanto afiliaciones como prestación de servicios como Empresa Promotora de Salud en los departamentos antes anotados.

Se establece que durante los diez días siguientes a la notificación de la revocatoria parcial de funcionamiento debe presentar un cronograma para cumplirlo en el lapso de tres meses, con las actividades para « […] conciliar, depurar y pagar la cartera con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas y con los proveedores de servicios y tecnologías en salud».

Fuente: Superintendencia Nacional de Salud.  

Foto Pixabay.