Medioambiente
Prohibida la pesca y comercialización de bagre rayado del río Magdalena, durante un mes
Se trata de la primera veda del año que busca la protección y conservación de la especie que se reproduce durante los doce meses, con dos picos anuales en cada semestre; periodos durante los cuales la autoridad ambiental prohíbe igualmente su almacenamiento y movilización.
Hasta el próximo 30 de mayo permanecerá la prohibición de pesca y comercialización del bagre rayado del magdalena cuya talla mínima de captura es de 80 cms.
Se trata de la primera veda del año que busca la protección y conservación de la especie que se reproduce durante los doce meses, con dos picos anuales en cada semestre; periodos durante los cuales la autoridad ambiental prohíbe igualmente su almacenamiento y movilización.
La medida que rige desde el pasado primero de mayo, establecida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), rige para la cuenca del Río Magdalena, que incluye el afluente del mismo nombre; el Cauca y el San Jorge. La norma fue creada mediante el Decreto 4181 de 2011.
El control y la vigilancia estarán a cargo de la Policía Nacional Ambiental, tanto en los referidos ríos como en los centros de distribución y consumo.
A lo dispuesto se suma lo reglado en el Artículo 38 de la Ley 1453 de 2011, establecido en el Artículo 335 del Código Penal, referente a la actividad ilícita de pesca: «El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente, realice actividad de pesca, comercialización, transporte, o almacenaje de ejemplares o productos de especies vedadas o en zonas o áreas de reserva, o en épocas vedadas, en zona prohibida, o con explosivos, sustancia venenosa, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes».
En la misma pena incurrirá quien «utilice instrumentos no autorizados o de especificaciones técnicas que no correspondan a las permitidas por la autoridad competente».
El bagre rayado del magdalena se encuentra dentro de las especies de agua dulce que están siendo consideradas en alto riesgo de desaparición, debido entre otras razones al poco control de las tallas mínimas y de los periodos de veda establecidos del 1° al 30 de mayo y, del 15 de septiembre al 15 de octubre.