Salud

Medimás debe dejar de operar en Cundinamarca y 7 departamentos

Conforme a lo dicho por la entidad, la decisión de revocatoria parcial se toma tras analizar al desempeño que a nivel territorial ha tenido la EPS en los departamentos en donde esta reporta «la más baja calificación en el indicador de peticiones, quejas y reclamos, así como el incumplimiento en el pago a la red de prestadores».

Medimás debe dejar de operar en Cundinamarca y 7 departamentos

En ocho departamentos del país será revocado el funcionamiento de la EPS Medimás, según orden emitida por la Superintendencia de Salud, entidad que igualmente abrió investigación administrativa sancionatoria contra la junta directiva y el representante legal de la Empresa Promotora de Salud.

La medida de revocatoria que aplicará para los departamentos de Bolívar, La Guajira, Atlántico, Magdalena, Guainía, Cauca, Arauca y Cundinamarca, este último con 123 495 usuarios, conlleva el traslado necesario de más de 339 000 afiliados a otras aseguradoras.

Conforme a lo dicho por la entidad, la decisión de revocatoria parcial se toma tras analizar al desempeño que a nivel territorial ha tenido la EPS en los departamentos en donde esta reporta «la más baja calificación en el indicador de peticiones, quejas y reclamos, así como el incumplimiento en el pago a la red de prestadores».

Según el boletín oficial en el que se da a conocer la decisión de revocatoria, las motivaciones para ello responden «a los resultados de la evaluación realizada por la Supersalud al desempeño de la EPS, teniendo en cuenta que, pese a las acciones implementadas para estabilizar su operación, persisten las dificultades en temas relacionados fundamentalmente con la garantía en la atención al usuario y el giro oportuno de los recursos».

En cuanto a la orden de investigación administrativa sancionatoria contra la junta directiva de la EPS y su representante legal, la Superintendencia reveló que la  decisión responde «a un presunto incumplimiento de las órdenes emitidas por la Supersalud con respecto a las condiciones financieras necesarias, para que la EPS garantice el aseguramiento en salud de sus afiliados y cumpla con sus obligaciones».

En su boletín oficial, la Supersalud asegura que de llegarse a comprobar la responsabilidad de los investigados, podrían verse incursos en sanciones «a título personal» desde los 50 hasta los 2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLV), lo mismo que a la remoción e inhabilidad del representante legal hasta por 15 años para el ejercicio de cargos que incluyan la administración de recursos públicos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Los directivos (representante legal y miembros de la junta directiva) tendrán cinco días hábiles para ejercer su derecho a la defensa y contradicción, rendir por escrito las explicaciones, aportar y solicitar las pruebas que consideren pertinentes y allegar la información necesaria que lleve a esclarecer los hechos objeto de investigación.

Precisa la entidad de vigilancia que con miras a  garantizar la implementación de las órdenes dadas a Medimas, se prorrogó  por seis meses la medida de vigilancia especial que viene ejerciendo sobre la EPS, la que continuará con su restricción de afiliación y no podrá realizar nuevas afiliaciones de usuarios ni aceptar traslados.

Cabe recordar que finalizando el mes de febrero el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, el contralor general de la República, Carlos Felipe Córdoba Larralte y el defensor del pueblo, Carlos Negret Mosquera, solicitaron adelantar en forma inmediata la intervención forzosa administrativa para liquidar la EPS.

Al hacer la solicitud, que fue extendida al Ministerio de Salud y Protección Social  y a la Supersalud, los jefes de los entes de control mencionados llamaron la atención y alertaron sobre «la grave vulneración de los derechos fundamentales de los afiliados a Medimás EPS S.A.S, representada en la falta de garantías en la prestación del Plan Básico de Salud (PBS), y las irregularidades en la administración de los recursos públicos del sistema general de seguridad social en salud».

Además de los argumentos financieros que soportan la petición elevada por los entes de control, estos advirtieron que la EPS «no estaría garantizando la atención en salud a sus afiliados, ya que los indicadores de riesgo reportan un tiempo de espera de 44.12 días para el inicio de tratamientos en el caso de pacientes con cáncer de seno, y menores con sífilis congénita y gestacional».   

Revelan los entes de control que sumado a lo anterior, la entidad promotora de salud «ocupa el primer lugar entre las EPS por acumular el mayor número de PQRD, con una tasa acumulada de 453,71% para el régimen contributivo y de 261,2% para el subsidiado y 23.664 acciones de tutela en su contra, y 35.256 incidentes de desacato en los primeros ocho meses de 2019, lo que demuestra su incapacidad para la administración del riesgo en salud»

Para los entes de control la medida de vigilancia especial y demás actuaciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Salud desde 2017, «no han generado resultados que validen y garanticen la prestación del servicio por parte de la EPS, y por el contrario, se ha permitido que las condiciones de incumplimiento de la Capacidad Científica, la Capacidad Técnico Administrativa, y la Capacidad Tecnológica, aumenten y pongan en riesgo la eficiencia y eficacia de la prestación de los servicios»

Señalaron así mismo que la EPS está incursa en todas las causales de intervención del Estado, de revocatoria del certificado de autorización para operar y de liquidación, «que no cumple con ninguna de las condiciones de habilitación, y que no se pueden ignorar las cuestionables condiciones operacionales que tiene la EPS, por lo que debe darse cumplimiento a las obligaciones constitucionales y legales para evitar afectaciones a los afiliados».

Fuentes: Superintendencia de Salud y Procuraduría General de la Nación.

Foto: Pixabay.