Sucesos
DIAN conmina al Concejo Municipal de Girardot
Tanto Grimaldo Ospina como Marleny Orjuela Ortiz precisaron a Plus Publicación que la declaración de retención fue presentada dentro de los términos que la ley establece, mas no el pago respectivo, el cual fue realizado un día después de vencerse el plazo fijado por la Dian; es decir fuera del tiempo.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, requirió al Concejo Municipal de Girardot para que se ponga al día en la presentación y pago de las declaraciones de retención correspondientes al periodo tres, del año 2017.
Según la providencia, la invitación que la Dian hace a la Corporación es a presentar las declaraciones con pago, liquidando la respectiva sanción de extemporaneidad y los intereses moratorios a que haya lugar, dentro del mes siguiente a la fecha de la comunicación radicada el 30 de noviembre de 2018.
La invitación se extiende igualmente a presentar las declaraciones sobre las cuales se utilizó un medio diferente al sistema electrónico, las cuales se tendrán como no presentadas; este hecho según Alberto Ospina Grimaldo, contador de la época (año 2017) cuando fungía como presidente de la Corporación la concejal Marleny Orjuela Ortiz, no sucedió, ya que la presentación de la declaración fue hecha mediante el referido sistema.
Tanto Grimaldo Ospina como Marleny Orjuela Ortiz precisaron a Plus Publicación que la declaración de retención fue presentada dentro de los términos que la ley establece, mas no el pago respectivo, el cual fue realizado un día después de vencerse el plazo fijado por la Dian; es decir fuera del tiempo.
Carolina Molano Ortiz, abogada ejecutora de cobro coactivo de la División de Recaudo y Cobranzas de la Dian, Seccional Girardot, en comunicación escrita remitida a finales de diciembre de 2018 al presidente del concejo, Alexander Antonio Flórez Wilches, establece que «es claro que la entidad que usted representa pagó el valor de la declaración de retención dentro de los dos meses que la ley concede para ello, pero no tuvo en cuenta en liquidar y pagar el valor correspondiente a los intereses moratorios, que se generaron desde el día del vencimiento de la presentación de la declaración hasta la fecha de pago de la misma. Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de la normatividad vigente, estamos frente a una declaración ineficaz», es decir inexistente o como si nunca se hubiere presentado.
Teniendo en cuenta lo anterior, Grimaldo Ospina manifestó que el valor total de los intereses moratorios que debe pagar el concejo será definido directamente con la Dian, precisando que dicha liquidación debe hacerse por dos años. Se espera, dijo, que esa cifra pueda conocerse hoy miércoles 9 de enero.