Judiciales
Codensa es una de las 72 empresas sancionadas por la Superservicios
De igual forma, mediante la resolución 20202400003805 del 10 de febrero de 2020, la Superservicios «confirmó la multa impuesta a Codensa S.A. E.S.P. (“CODENSA”) por valor de COP $39.749.568 al tener 6 usuarios “peor servidos” cuya compensación estimada superó el costo del servicio de distribución facturado a cada uno de ellos en el respectivo mes», incurriendo en «una falla en la prestación del servicio», toda vez que «desconoció los estándares de calidad del servicio».

Multas por más de $45 157 822 977 ha impuesto la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios durante lo corrido del año 2020, a 72 empresas de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas por incumplimientos a la regulación vigente.
Según el «Comunicado 23» publicado por la entidad el pasado viernes 29 de Mayo, «las sanciones recaen sobre 27 prestadores de energía, 20 de gas, 11 de acueducto, alcantarillado y aseo, 7 de acueducto y alcantarillado, 6 de aseo y 1 de acueducto y aseo», como «resultado de procesos de investigación iniciados por la superintendencia entre el 2016 y el 2019».
«Incumplimientos a indicadores de calidad de agua, normas técnicas, regulación en materia de subsidios, reglamento de instalaciones eléctricas, inversiones y metodologías tarifarias», fueron las principales razones que llevaron a imponer las multas sumado a «fallas de continuidad en la prestación, medición del consumo, reporte de información, planes de contingencia, recolección y disposición final de residuos, entre otros».
«[…] hemos impuesto estas sanciones durante los primeros cinco meses del año al confirmar el incumplimiento en temas de calidad, continuidad, aspectos técnicos y operativos por parte de estos prestadores. Seguimos con otros procesos en curso, e iniciamos las indagaciones preliminares y requerimientos a las empresas sobre las cuales hemos recibido quejas de los usuarios durante este año; y en particular desde que inició la emergencia sanitaria, en relación con incremento de tarifas, medición por promedio y cortes o suspensiones no autorizados. Estamos monitoreando a las empresas para evitar abusos, pues es inaceptable que familias y empresarios se afecten con incrementos injustificados en sus facturas o reciban un mal servicio», afirmó la superintendente Natasha Avendaño García.
SANCIONES IMPUESTAS Y CONFIRMADAS A LA EMPRESA CODENSA
Consultado el «Boletín de decisiones de la Superintendencia Delegada para Energía y Gas Combustible, Edición XIV », de los meses de enero a marzo 2020, Plus Publicación constató que el superintendente delegado para energía y gas combustible, Diego Alejandro Ossa Urrea, y la directora de investigaciones para energía y gas combustible, Madia Ortega Otero reportan, en el caso de la empresa Codensa S.A. E.S.P., la confirmación de dos sanciones contra las que la firma presentó los recursos de ley a los que tiene derecho.
Mediante la Resolución No. 20202400008055 del 5 de marzo de 2020 le fue confirmada a la empresa la multa por valor de COP $1 656 232 000, «al no haber informado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG que varios de sus activos de uso del nivel de tensión 4 fueron retirados de operación […] ».
« […] CODENSA incumplió el régimen legal y regulatorio al no informarle al regulador la salida de operación de varios de sus activos con el fin de que fuera actualizado el Costo Anual por el uso de los mismos, generando con ello un aumento injustificado en la tarifa de los usuarios del Sistema de Transmisión Regional -STR centro-sur», señaló el organismo de vigilancia al confirmar la decisión que resuelve el recurso de reposición interpuesto por la empresa.
Lo anterior, agrega el boletín, «dio lugar a que CODENSA percibiera una remuneración en exceso que ascendió a más de COP $2300 millones, lo cual implica que su conducta tuvo un impacto considerable en los mencionados usuarios, cuya prestación del servicio se llevó a cabo en desconocimiento del principio de eficiencia que rige la prestación del servicio público de energía eléctrica».
De igual forma, mediante la resolución 20202400003805 del 10 de febrero de 2020, la Superservicios «confirmó la multa impuesta a Codensa S.A. E.S.P. (“CODENSA”) por valor de COP $39.749.568 al tener 6 usuarios “peor servidos” cuya compensación estimada superó el costo del servicio de distribución facturado a cada uno de ellos en el respectivo mes», incurriendo en «una falla en la prestación del servicio», toda vez que «desconoció los estándares de calidad del servicio».
SANCIONES IMPUESTAS POR LA DELEGADA PARA ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO
En lo que tiene que ver con los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, la Superintendencia Delegada impuso entre enero y mayo de 2020 las sanciones originadas de procesos de investigación adelantados entre 2016 y 2019.
Para el caso de Cundinamarca las empresas sancionadas fueron:
- Aseo Internacional SA ESP, en el municipio de Soacha, por concepto de tarifas e inversiones. Tiene hasta el próximo 5 de junio para presentar recurso de reposición.
- Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo del Rosal, por calidad del agua. Se encuentra en recurso de reposición.
- Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo del municipio de Apulo, por calidad del agua. Tiene hasta el 12 de junio para presentar recurso.
- Empresa Regional de Aguas del Tequendama en el municipio de La Mesa, por calidad del agua. Se encuentra en firme.
En el departamento del Tolima se reporta como sancionada la Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo del Guamo, por calidad del agua. Tiene hasta el 9 de junio para presentar recurso.
TRÁMITES PARA ACUDIR A LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
La Superservicios recordó a los usuarios que antes de presentar sus quejas ante la entidad debe interponer un derecho de petición ante la empresa prestadora exponiendo la situación que le está afectando o vulnerando sus derechos.
Si no está de acuerdo con la respuesta de la empresa, que tiene 15 días hábiles para contestar, el usuario puede interponer dentro de los 5 días siguientes a la notificación un recurso de reposición y un subsidio de apelación ante el prestador.
Una vez resuelto el recurso de reposición, la empresa debe enviar el expediente a la Superservicios para que lo revise y resuelva el recurso de apelación interpuesto por el usuario.
Cuando la empresa no resuelve de forma concreta o no responde en el término de 15 días hábiles, el usuario puede radicar ante la Superservicios una solicitud de investigación por Silencio Administrativo Positivo, acompañada por la copia de la petición que radicó ante la empresa.
Cuando la empresa niega o rechaza el recurso de apelación, el usuario puede interponer ante la Superservicios el recurso de queja, que debe hacerlo dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la empresa en la que le rechaza o niega la apelación, adjuntando dicho documento.
Fuente: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
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