Salud

Estos son los valores de las cuotas moderadoras y copagos para el servicio de salud en el 2019

No se debe cancelar copago en los servicios de promoción y prevención; programas de control de atención materno infantil; programas de control en atención de las enfermedades transmisibles, así como tampoco en casos de enfermedades catastróficas o de alto costo, como tampoco en los de atención inicial de urgencias, siempre y cuando estos cumplan los requisitos establecidos por la normatividad.

Estos son los valores de las cuotas moderadoras y copagos para el servicio de salud en el 2019

Entre 6.01 y 6.67 por ciento se incrementaron para el año 2019 los valores de las cuotas moderadoras para el régimen contributivo en salud.  Definidos según el rango de ingresos, el que a su vez está determinado por número de salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).  Los nuevos valores a pagar serán los siguientes.

·Ingresos menores a 2 SMLMV pasaron de pagar $3 000 pesos a pagar $3 200 pesos.

·Ingresos entre 2 y 5 salarios SMLMV, el valor pasó de $12 000 pesos  a $12 700 pesos.

·Ingresos mayores a 5 SMLMV, pasan de pagar $31 600 pesos a pagar $33 500 pesos.

Según lo establecido, estos valores deben ser cancelados por los usuarios del servicio de salud cuando reciban atención en consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada, así como consulta externa por médico especialista.

Los mismos valores deben ser asumidos por concepto de fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios, teniéndose en cuenta que cuando esta contiene varios medicamentos ordenados  en una misma consulta,  la cuota moderadora cubre  la totalidad de los mismos, es decir, en estos casos debe cobrarse por fórmula y no por cada uno de los medicamentos ordenados.

Igual disposición existe para el pago de los exámenes médicos, tanto de diagnóstico por laboratorio clínico como por imagenología.

En lo que tiene que ver con los copagos, sufrieron un incremento del 6 por ciento, quedando así los valores máximos por año que deben pagar los usuarios según su nivel de ingresos:

·Menores a 2 SMLMV:   $476 167 pesos.

·Entre 2 y 5 SMLMV: $1 904 667 pesos.

·Superiores a 5 SMLMV: el valor máximo a pagar se definió en $3 809 334 pesos.

Según la norma, los copagos están definidos como el pago porcentual que deben realizar los usuarios según los casos que para ello la ley establezca.

No se debe cancelar copago en los servicios de promoción y prevención; programas de control de atención materno infantil; programas de control en atención de las enfermedades transmisibles, así como tampoco en casos de enfermedades catastróficas o de alto costo, como tampoco en los de atención inicial de urgencias, siempre y cuando  estos cumplan los requisitos establecidos por la normatividad.

Para el caso de régimen subsidiado, el copago para el año 2019  quedó en $414 058 pesos  como valor máximo por evento;  y en $828 116 pesos, como valor máximo por año. 

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social.