Política
Más de $225 millones podría representarle a los girardoteños el pago de honorarios a los ediles según reciente Ley del Gobierno nacional
En el caso de los concejos municipales la certificación de asistencia de cada uno de los concejales la hace el secretario general, «ya en las Juntas Administradoras Locales deberán ser ellos mismos quienes certifiquen a través de sus actas la asistencia […]» explicó, al agregar que desde la Secretaría de Gobierno se revisará el tema para determinar hasta dónde desde esa dependencia como enlace con las JAL, «haremos la verificación de esas sesiones».

En una suma que alcance los $225 109 600, podría estar el pago de honorarios que anualmente se haga en Girardot a los 31 miembros de las juntas Administradoras Locales (JAL), ediles.
Así lo señaló el secretario de Gobierno y Desarrollo Institucional, Álvaro Mantilla Bernal, al transmitir a Plus Publicación la posición del Gobierno municipal frente a la Ley nacional 2086, del 4 de marzo de 2021, en la que se autoriza a los alcaldes realizar dicho pago, con el ánimo de «reconocer la actividad constitucional y legal que desarrollan […] ».
«El Gobierno municipal de Girardot ve con buenos ojos que se haya aprobado esta ley, estábamos esperando que se hiciera un reconocimiento a los ediles por la labor que realizan», afirmó.
El pago de estos honorarios, «va a ser una motivación para que ellos (los ediles) sigan trabajando cada día mas por sus comunidades», indicó al considerar este como un beneficio que trae la Ley en mención.
Sin embargo, precisó, lo dispuesto está sujeto a una reglamentación que debe hacer la Administración municipal, por lo que desde allí se están haciendo todos los análisis correspondientes teniendo en cuenta que esto va a afectar el presupuesto municipal.
Frente al tema agregó que dentro de ese presupuesto las JAL siempre tienen un rubro anual, el que no sería suficiente para cubrir el pago autorizado.
La Ley es clara, y en alguno de sus artículos precisa que los honorarios se establecerán por iniciativa de los alcaldes mediante Acuerdo de los Concejos Municipales hasta por dos Unidades de Valor Tributario (UVT)*; «hasta, hasta», por asistencia a las sesiones plenarias y a comisiones por el máximo de sesiones previstas en la ley.
Enfatiza el funcionario en la palabra «hasta», al precisar que «tenemos entre una y dos UVT para aprobar para los señores ediles en el pago de cada sesión» a la que asistan.
El monto de la UVT para el año 2021 aprobado por la Dian es de $36 308. El del año 2020 fue de $35 607, cantidad que debe tenerse en cuenta considerando que lo normado establece que la Ley «rige a partir del primero (1°) de enero del año 2020 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias», lo que para algunos significa que el pago debe ser retroactivo.
En tal sentido, Ámbito Jurídico (publicación especializada en temas jurídicos) conceptúa: «Llama la atención que el artículo 7° de la nueva ley indica que rige desde el pasado 1° de enero del 2020, lo cual supondría reconocer retroactivamente a los ediles un año de honorarios».
Teniendo en cuenta que pueden realizar en el año máximo 80 sesiones ordinarias y 20 extraordinarias, el monto superior de aprobarse las dos UVT estaría en $225 109 600.
Si la suma definida mediante Acuerdo Municipal es menor a las dos UVT, la cantidad sería menor a la anteriormente indicada.
Uno de los aspectos que debe tenerse en cuenta dentro la reglamentación tiene que ver con verificar el cumplimiento de las sesiones señaló Mantilla Bernal.
En el caso de los concejos municipales la certificación de asistencia de cada uno de los concejales la hace el secretario general, «ya en las Juntas Administradoras Locales deberán ser ellos mismos quienes certifiquen a través de sus actas la asistencia […]» explicó, al agregar que desde la Secretaría de Gobierno se revisará el tema para determinar hasta dónde desde esa dependencia como enlace con las JAL, «haremos la verificación de esas sesiones».
REPLANTEAR EL PRESUPUESTO DESTINADO A CAPACITACIÓN
Varios son los cuestionamientos que año tras año hacen algunos sectores ciudadanos respecto a las millonarias sumas destinadas a la participación de los ediles en congresos nacionales justificando la misma desde la capacitación que allí reciben, la que según estas críticas, no se ve revertida en beneficio de las comunidades que representan.
Plus Publicación le preguntó al secretario de Gobierno si se ha pensado en reconsiderar este tema y que esos dineros sean mejor aprovechados efectuando esa formación en Girardot a través de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), o de otra institución igualmente idónea.
«Toda la posibilidad de que las capacitaciones se hagan en Girardot y toda la posibilidad de que esas capacitaciones no le cuesten a la Administración municipal» afirmó, al dejar abierta la opción de que se lleven a cabo con « […] personal de universidades […] o la ESAP misma les haga las capacitaciones », no sin considerar «respetable» que la soliciten en otra ciudad.
« […] no se ha visto redundado (sic) en beneficios para la ciudad seguramente, y por eso tenemos desde esta Secretaría y desde esta administración que apuntarle a temáticas y a situaciones que podamos hacerle seguimiento para que realmente se vea un beneficio de esos espacios que se les brinda, para que en algún momento sea aplicada a sus comunidades […] (sic)», agregó.
Finalmente anunció la propuesta que desde su dependencia hará con miras a actualizar el Acuerdo Municipal (054 de 1994) que crea las JAL en Girardot, ya que en 27 años han sido varios los barrios y conjuntos residenciales que se han conformado.
Plus Publicación conoció que el alcalde José Francisco Lozano Sierra se reunirá con los miembros de cada una de las cinco comunas y los dos corregimientos con el fin de tratar temas sobre Ley 2086, y el pago de los honorarios en ella autorizados.
*Es una medida establecida por el Estatuto Tributario a través de la DIAN para representar valores de diferentes obligaciones tributarias. Se reajusta anualmente con base en el índice de precios al consumidor (IPC).