Judiciales
Procuraduría General de la Nación adelanta 73 procesos activos contra funcionarios de la Policía Nacional. El organismo asume proceso por muerte de Javier Ordoñez
Informaciones entregadas por el organismo de control revelan que de esos 73 procesos, dos tienen fallo sancionatorio en primera instancia con recurso de apelación, con cuatro funcionarios implicados.

Un total de 73 procesos relacionados con presunto abuso policial o abuso de autoridad adelanta actualmente en el país la Procuraduría General de la Nación a través de sus diferentes oficinas provinciales y regionales.
Informaciones entregadas por el organismo de control revelan que de esos 73 procesos, dos tienen fallo sancionatorio en primera instancia con recurso de apelación, con cuatro funcionarios implicados.
Uno de los dos procesos sancionatorios está a cargo de la Procuraduría Regional Vichada, y corresponde a la investigación que el despacho adelanta por presunto abuso de autoridad por parte de miembros de la policía e inspector de policía municipal de Cumaribo (Vichada).
El segundo proceso sancionatorio, al cual se encuentran vinculados dos patrulleros de la institución policial, es adelantado por la Procuraduría Segunda Distrital.
El mayor número de estos procesos cursa en la Procuraduría Delegada para la Fuerza Pública y la Policía Judicial, despacho que adelanta dieciocho de ellos. Le siguen en su orden la Procuraduría regional de San Andrés, con cinco procesos; la Regional del Chocó, Segunda Distrital, la Delegada para la vigilancia administrativa y judicial, y la Provincial Valle del Aburra, con tres procesos.
Dos procesos reportan las Procuradurías Regionales de Guanía, Tolima, Risaralda, Arauca, Bolívar y Amazonas; con uno se encuentran las Provinciales de Fusagasugá, Honda, Popayán, Puerto Berrío, Santa
Rosa de Viterbo, Santa Fe de Antioquia, Tumaco, Valledupar, Amagá, Apartadó, Ibagué, Bucaramanga, Ipiales, Cartago y Barranquilla, así como las Regionales de Vaupés, Norte de Santander, Santander, Caquetá, Córdoba, Nariño, Quindío, Vichada y Antioquia; la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos y la Procuraduría 24 Judicial II Ambiental y Agraria de Bucaramanga.
LA PROCURADURÍA GENERAL ASUMIÓ POR PODER PREFERENTE EL PROCESO DE LOS HECHOS EN LOS QUE FALLECIÓ JAVIER HUMBERTO ORDOÑEZ
En cuanto a los hechos registrados el pasado miércoles (09.09.2020), en los que falleció en Bogotá el ciudadano Javier Humberto Ordóñez Bermúdez después del procedimiento policial en el que para someterlo, uniformados de la Policía Nacional utilizaron contra él varias descargas eléctricas con una pistola taser, la Procuraduría General de la Nación asumió por poder preferente el proceso.
Según boletín informativo entregado por la entidad, el Ministerio Público abrió una indagación con la que busca establecer e individualizar la participación que habrían tenido miembros de la Policía Nacional adscritos al cuadrante 47 del CAI de Villa Luz, en la localidad de Engativá, y el trato que se le habría dado al ciudadano una vez fue conducido en una patrulla de la institución en desarrollo del operativo realizado en vía pública en el noroccidente de Bogotá.
La Procuraduría ordenó la práctica de pruebas con la finalidad de identificar a los uniformados que participaron en la inmovilización del ciudadano, así como del uso que se dio en el operativo de la pistola taser.
Los hechos, precisa el boletín, «justifican el inicio de una indagación preliminar […] con el fin de determinar la ocurrencia de la conducta reseñada, establecer si se encuentra prevista como falta disciplinaria, los posibles autores de la falta y si se actuó bajo el amparo de una causal de exclusión de responsabilidad disciplinaria».
Frente a los hechos registrados el procurador Fernando Carrillo Flórez afirmó en su cuenta de Twitter: «Muerte violenta de Javier Ordoñez ratifica que deben repensarse protocolos de actuación y formación en #DDHH de @policíacolombia y educarlos a nuevos tiempos, para evitar brutalidad policial. @PGN_COL por poder preferente impedirá impunidad».
«La Justicia Penal Militar no puede ser el pasaporte a la impunidad en casos de brutalidad policial», señaló igualmente Carrillo Flórez.
Según la normatividad, «el Poder Disciplinario Preferente le confiere al Procurador General de la Nación o a sus delegados la facultad de conocer en cualquier momento de la actuación disciplinaria […]». El mismo es entendido como «la faculta para adelantar actuaciones disciplinarias contra cualquier servidor público sin consideración a su jerarquía, cuando lo considere conveniente o necesario».
De acuerdo a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, el poder preferente lo asume la PGN, «para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales, que deben observarse en el ejercicio de la función pública».
Agrega el concepto que «el carácter preferente del poder atribuido a la Procuraduría desplaza al servidor que inicia o adelanta una investigación disciplinaria, pero su ejercicio no es obligatorio ni exclusivo […]».
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