Judiciales
Multas por más de $600 millones de pesos ha impuesto Supersalud a EPS e IPS por no atender solicitudes de aborto
Cabe recordar que las causales por las que en Colombia está autorizado el aborto son: cuando exista riesgo para la vida o la salud física y mental de la mujer, cuando se presente malformación del feto y cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.

Según un documento entregado por la Superintendencia Nacional de Salud a la Corte Constitucional, durante lo que va corrido del 2020 se han presentado en el país 57 quejas relacionadas con el proceso de atención a las solicitudes de aborto, las que han originado sanciones por más de $600 millones a dos EPS y una IPS.
Según información entregada por El Tiempo.Com, el mayor número de quejas responde a la falta de oportunidad en la programación de procedimientos quirúrgicos, la demora en la referencia o contrareferencia, la lentitud en la autorización de procedimientos del Plan de Beneficios de Salud, y la no aplicación de las normas, guías y protocolos de atención. Se suman tres quejas presentadas por un «trato indigno o deshumanizado».
Señala el portal informativo que de acuerdo al informe del organismo de inspección, vigilancia y control las quejas se han reportado en 16 departamentos del país, con mayor número en Cundinamarca, Valle del Cauca, Atlántico, Cauca y Bogotá.
Las entidades sancionadas según la información entregada por la Supersalud son la Caja de Compensación Familiar (Compensar), por 298 millones de pesos, por no cumplir las instrucciones de la superintendencia sobre el reporte de información sobre la «Interrupción Voluntaria del Embarazo».
La misma EPS fue multada por 234 millones, «por negar procedimientos no incluidos en el POS, y no garantizar el acceso a un aborto requerido por una usuaria».
La otra EPS es Servicio Occidental de Salud, con $64 miloones, por no responder a una solicitud de aborto en los cinco días siguientes después de recibirla, y no oponerse con fundamentos «técnico-científicos el concepto elaborado por los médicos externos con base en la condición médica» en la que se encontraba la mujer que solicitó el procedimiento.
La IPS sancionada es el hospital regional del Magdalena Medio, con una multa de 32 millones, por no dar una respuesta y negarse a realizar el aborto a una víctima del conflicto armado que fue violada.
La información de la Super Salud fue remitida a la Corte Constitucional en respuesta al concepto que el alto tribunal le solicita dentro del auto en el que este acepta estudiar la solicitud de eliminar del Código Penal el aborto como delito y permitir su práctica más allá de las tres causales que desde el año 2006 la misma Corte autoriza, petición que fue elevada por el movimiento «Causa Justa».
Cabe recordar que las causales por las que en Colombia está autorizado el aborto son: cuando exista riesgo para la vida o la salud física y mental de la mujer, cuando se presente malformación del feto y cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.
Foto Pixabay.