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Los bancos deben responder a clientes víctimas de fraude dice la Corte Suprema de Justicia

En consecuencia, precisa la sentencia, los bancos son civilmente responsables cuando un tercero accede a esos recursos mediante fraude, burlando los protocolos de seguridad y de verificación apropiándose ilícitamente del dinero.

Los bancos deben responder a clientes víctimas de fraude dice la Corte  Suprema de Justicia

Un fallo de la Corte Suprema de Justicia determinó que las entidades bancarias  deben responder a sus clientes cuando un tercero logra ilícitamente apropiarse de su dinero después de eludir los controles de seguridad y procesos de verificación.

En la decisión el alto tribunal establece que en estos casos los bancos no pueden argumentar haber respondido por un ilícito con el solo hecho de haber adelantado la investigación requerida.

El que el banco pruebe que obró de manera diligente ante un fraude cometido, no es suficiente para que pueda exonerarse de la obligación que tiene de indemnizar a sus clientes, precisa el fallo emitido por la Sala Civil de la Corte, subrayando que en el momento en que las entidades financieras captan dineros del público asumen un deber de custodia y seguridad, y por consiguiente la obligación de restituirlos.

En consecuencia, precisa la sentencia, los bancos son civilmente responsables cuando un tercero accede a esos recursos mediante fraude, burlando los protocolos de seguridad y de verificación apropiándose ilícitamente del dinero.

Según se lee en el fallo, «la comentada inobservancia comprometerá la responsabilidad civil del banco, salvo que demuestre el acaecimiento de una causa extraña. La institución financiera no puede exonerarse del deber de indemnizar con la simple prueba de haber obrado de manera diligente».

Existen controles estrictos y métodos de verificación que los bancos deben implementar con miras a evitar que este tipo de fraudes se presenten indica la decisión judicial.

Por lo anterior, ratifica, cuando un cliente pierde su dinero producto de un dolo, el banco debe reembolsarle el valor hurtado y pagarle intereses de mora desde la fecha en que estos les son sustraídos, hasta el día en que le sean devueltos.

Recalca el fallo que en los eventos en que de manera fraudulenta sustraen de su cuenta el dinero a un cliente, el banco no puede liberar su responsabilidad con el solo hecho de adelantar unas pesquisas.

Solo en casos específicos, esa responsabilidad puede recaer o trasladarse al cliente o usuario de la entidad bancaria, tal es el caso de pérdida de la tarjeta débito, o el hecho de confiarle a otra persona la clave, o que la misma sea obtenida por un tercero.

Foto Pixabay.