Judiciales
La CAR responde denuncia sobre proyecto minero, hornos crematorios, falta de escombrera y planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR) en Girardot
Con referencia a que no hay Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) en el municipio de Girardot, la CAR informa que «se cuenta con el expediente No. 29888 “Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV)”, aprobado mediante Resolución No. 1882 del 25 de julio de 2011, en estado de Seguimiento y Control, en el cual el artículo 10 de la precitada resolución contempla las actividades de realización de la PTAR en los tiempos establecidos en el documento técnico».

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), a través de su Dirección Regional Alto Magdalena, respondió frente a la solicitud de revocatoria de la resolución que da vía libre al proyecto minero que la Sociedad Productores de Agregados de Colombia (Proacol) adelanta en el río Grande de la Magdalena, sector vereda Acapulco (antiguamente Zumbamicos), hecha por el concejal Julián Augusto Huertas Fernández.
La anterior petición estuvo acompañada por las denuncias sobre los hornos crematorios que funcionan en el municipio de Girardot, la falta de una escombrera en la regional y el que aún Girardot no cuente con una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR).
Frente al proyecto minero, el que el denunciante sostiene afecta el río Magdalena, la dirección Regional Alto Magdalena manifiesta que recientemente el organismo ambiental mediante su grupo evaluador de minería de la Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental (DESCA), otorgó la referida licencia ambiental conforme a la normatividad vigente, «expediente que puede ser consultado en la CAR – Cundinamarca».
En cuanto a la solicitud de revocatoria de la Resolución No. 3280 de 11 de octubre de 2019, la respuesta dada, señala: « […] consultada Dirección Jurídica de la Corporación, expresa que el derecho de petición no cuenta jurídicamente conforme a la Ley 1437 de 2011, para ser una revocatoria y más cuando el quejoso no es el usuario del trámite y no está reconocido como tal».
Con referencia a los hornos crematorios que funcionan en el municipio de Girardot, la respuesta firmada por el director de la regional, Juan Carlos Escobar Cristancho, señala: « […] consultado el Sistema de Administración de Expedientes SAE, se encuentra el Expediente No. 70735 que a través de la Resolución - Otorga permiso de emisión atmosférica No. 109 del 17/01/2019 a la sociedad Consorcio Exequial SAS, […] quien solicitó permiso de emisiones atmosféricas para el proyecto denominado “Complejo Funerarios Capillas de la Fe” – cremación de cuerpos humanos y animales-, a desarrollarse en el predio de propiedad de la sociedad Fundación Hogares La Fe, […] haciendo énfasis que dicho expediente es de consulta pública y que aquí se registra las acciones administrativas de la CAR frente al proceso permisivo, así como las de control y seguimiento al proceso».
Respecto a la falta de escombrera, en la respuesta entregada se lee: « […] Consultada Nuestra Base de Datos del Sistema de Administración de Expedientes (SAE) se encuentra el Expediente No. 54992 de carácter permisivo a Nombre del Municipio de Girardot en el cual se encuentra la Resolución No. 1296 de 23 de mayo de 2017 “Por el cual se autoriza la disposición final de escombros y se adoptan otras determinaciones”, en el predio denominado La escombrera […] ubicado en la vereda Potrerillo, esta Escombrera se encuentra a cargo del Municipio de Girardot».
Con referencia a que no hay Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) en el municipio de Girardot, la CAR informa que «se cuenta con el expediente No. 29888 “Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV)”, aprobado mediante Resolución No. 1882 del 25 de julio de 2011, en estado de Seguimiento y Control, en el cual el artículo 10 de la precitada resolución contempla las actividades de realización de la PTAR en los tiempos establecidos en el documento técnico».
«En estos términos damos trámite a la presente solicitud y cualquier duda o información adicional al respecto, será atendida oportunamente en los teléfonos 5801111 y 3204888215, o en las instalaciones de la CAR – Dirección Regional Alto Magdalena», finaliza el escrito firmado por el director regional. Respuesta que según lo señaló a Plus Publicación el concejal Huertas, no le fue satisfactoria.