Judiciales
Girardot con 344 procesos judiciales en su contra
Según la Sociedad Calificadora de Valores, el proceso por $187 385 millones que pesa sobre el municipio de Girardot, tiene una «probabilidad de fallo alta», por lo que su « materialización podría impactar significativamente las finanzas municipales».

Un total de 334 procesos jurídicos pesaban sobre el municipio de Girardot al corte del mes de septiembre del año 2018. Con pretensiones económicas en su contra por $220 963 millones de pesos.
Según la información obtenida por Plus Publicación, dentro de estos procesos sobresale el «asociado a las falencias en los diseños del proyecto de construcción y operación de la planta de sacrificio de Girardot», que se encuentra valorado en $187 385 millones de pesos.
El referido proceso tiene que ver con la Procesadora de Cárnicos de Girardot S.A.S (PROCAGIR), sociedad constituida por el alcalde del momento Diego Johany Escobar Guinea y Mariano Ojeda Terregroza, representante de Ojeda Group.
Las cifras anteriormente mencionadas están consignadas en el acta del Comité Técnico No 422 del 23 de noviembre del año 2018, de la Sociedad Calificadora de Valores Value & Risk Rating (V&R).
Según la Sociedad Calificadora de Valores, el proceso por $187 385 millones de pesos que pesa sobre el municipio de Girardot, tiene una «probabilidad de fallo alta», por lo que su « materialización podría impactar significativamente las finanzas municipales».
Los valores mencionados, llevan a la calificadora a señalar que el reto para el municipio debe ser el de « fortalecer los mecanismos de defensa judicial y de esta manera, mitigar el impacto en su estructura financiera».
Según investigó Plus Publicación, una de las obligaciones económicas que actualmente pesa sobre el municipio de Girardot tiene que ver con la reciente sentencia fallada por el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Girardot, en el que ordena al municipio de Girardot «reintegrar a la señora Liliana Oviedo Gómez en las mismas condiciones en las que se encontraba al momento del retiro del servicio, es decir en provisionalidad, en el mismo cargo que ocupaba o a uno similar o superior categoría», así como a «pagar a la demandante los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir desde la fecha de su retiro, hasta que se produzca el reintegro».
De acuerdo a lo conocido por Plus Publicación, la declaratoria de insubsistencia del nombramiento de la demandante se oficializa mediante el Decreto 058 de 24 de marzo de 2015 promulgado por el alcalde del momento, Diego Johany Escobar Guinea, fecha desde la cual debe pagársele lo ordenado por el despacho judicial.