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Abstenerse de desembolsar el crédito a Avianca ordenó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca

La orden impartida por el Tribunal al Ministerio de Hacienda, es la de adelantar las gestiones necesarias para que el FOME se abstenga de realizar el desembolso del crédito aprobado a Avianca, esto al encontrar los magistrados que la demanda es razonable y que no existe la suficiente información pública dando a conocer cómo se tramitó el crédito, cómo se ordenó el mismo, ni cuáles son las garantías que lo respaldan.

Abstenerse de desembolsar el crédito a Avianca ordenó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Mediante medida cautelar de urgencia el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó detener el crédito por 370 millones de dólares que el gobierno del presidente Iván Duque Márquez autorizó con destino a Avianca.

La decisión fue tomada por el alto tribunal al aceptar revisar una acción popular presentada por un ciudadano solicitando al gobierno no destinar para dicho crédito los dineros del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), que maneja los recursos para enfrentar la pandemia originada por el COVID-19.

Cabe recordar que fue el comité de administración del FOME el que autorizó «la participación de la nación en la reestructuración de Avianca, mediante el financiamiento de hasta 370 millones de dólares».

Con la medida cautelar dictada por el Tribunal ninguna suma de dinero le podrá ser entregada a la aerolínea advierte la decisión, frente a la acción popular en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Avianca Holdings S.A.

Conforme a la acción judicial presentada, con la aprobación del crédito tanto el Gobierno como Avianca incurrieron en una «vulneración a la moralidad administrativa, al patrimonio público y a la seguridad social».

La orden impartida por el Tribunal al Ministerio de Hacienda, es la de adelantar   las gestiones necesarias para que el FOME se abstenga de realizar el desembolso del crédito aprobado a Avianca, esto al encontrar los magistrados  que la demanda es razonable y que no existe la suficiente información pública dando a conocer cómo se tramitó el crédito, cómo se ordenó el mismo, ni cuáles son las garantías que lo respaldan.

Otras de las razones que llevaron al Tribunal de Cundinamarca a tomar la medida cautelar de urgencia fueron los argumentos y soportes documentales que acompañan la acción popular.

En ellos el demandante muestra que la aerolínea afronta una situación financiera que refleja pérdidas por 353 millones de dólares y un déficit patrimonial de 355 millones de dólares, condición, que agrega es «preexistente a la situación de la pandemia generada por el COVID-19, pues el año pasado no reportó dividendos entre sus accionistas debido a las dificultades por la situación financiera que desde entonces afrontaba», escenario financiero que pone en peligro el patrimonio público de los colombianos.

No conceder la medida cautelar podría generar un «perjuicio irremediable para el patrimonio público», indicó el alto tribunal, el cual, posterior a esta decisión, debe entrar a realizar un estudio a fondo de la demanda.

En su respuesta a la acción popular el tribunal negó la petición elevada por el demandante solicitando al despacho judicial ordenar al presidente Iván Duque informar sobre cualquier posible conflicto de interés por ser su hermana, María Paula Duque Samper, vicepresidenta senior de Relaciones Estratégicas y Experiencia del Cliente de Avianca.

Foto Twitter.