Economía

Sobretasa bomberil para todos, propone el alcalde de Girardot

En Girardot la sobretasa bomberil fue reglamentada por primera vez mediante el Acuerdo 024 de 2012, el que en su Artículo Octavo establece que el recaudo « […] será destinado al mantenimiento, dotación, compra de equipos de rescate y nuevas maquinarias […]», así como « […] a la ampliación del número de bomberos que se requiera para operar eficientemente».

Sobretasa bomberil para todos, propone el alcalde de Girardot

Después de varios meses de análisis y estudios fue presentada a consideración del Concejo Municipal de Girardot la iniciativa que busca que tanto los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, como los del predial y complementario, paguen la sobretasa bomberil.

De esta manera, el  tributo que actualmente solo pagan los comerciantes, también  sería cobrado a los propietarios de inmuebles. 

La iniciativa está plasmada en el Proyecto de Acuerdo No 002 «Por el cual se modifica el Acuerdo 014 de 2015 (Estatuto de Rentas) y se dictan otras disposiciones», presentado por el alcalde encargado, Fredy Valdés García, a consideración del Concejo Municipal.

Una de las principales modificaciones busca que la tarifa del 15 por ciento del valor del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hoy se cobra a los comerciantes, sea reducida al 10 por ciento. Y se establezca una tarifa del 5 por ciento del valor del Impuesto Predial Unificado para que sea pagada por los propietarios de bienes inmuebles (apartamentos, casas, edificios, locales, bodegas, etcétera), ubicados dentro del municipio de Girardot.

Plus Publicación conoció a través de fuentes autorizadas del equipo económico de la alcaldía municipal, que fue realizado un estudio financiero que incluyó una mirada al comportamiento de municipios vecinos como El Espinal, Ibagué, Ricaurte, Fusagasugá y Agua De Dios entre otros.

Según ese estudio, de ser aprobadas las tarifas del 10 y 5 por ciento sobre el valor del ICA y del predial unificado respectivamente, se estima un recaudo adicional, en teoría, que superaría los 500 000 000  de pesos.

SOPORTE  JURÍDICO  Y DESTINACIÓN DEL TRIBUTO

Según Concepto 23140 del 25 de julio de 2017 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, «La Ley 1575 de 2012 (Ley General de Bomberos de Colombia) faculta a los concejos municipales para establecer un tributo denominado sobretasa, el cual puede recaer como un porcentaje que se liquida sobre el monto de unos impuestos de su propiedad tales como el predial o el de industria y comercio […]».

En el mismo concepto, el Ministerio señala que el tributo « […] se encamina a financiar la actividad bomberil y otras actividades tendientes a mitigar y atender de modo integral el riesgo originado en incendios, rescates, incidentes y atención de desastres […]».

En Girardot la sobretasa bomberil fue reglamentada por primera vez mediante el Acuerdo 024 de 2012, el que en su Artículo Octavo establece que el recaudo « […] será destinado al mantenimiento, dotación, compra de equipos de rescate y nuevas maquinarias […]», así como « […] a la ampliación del número de bomberos que se requiera para operar eficientemente».

Dentro de las motivaciones que hoy se exponen en el proyecto de acuerdo presentado, se menciona la « necesidad de ampliar el personal operativo a través de nuevas unidades para el Cuerpo Oficial de Bomberos de Girardot con 10 unidades más […] » las que se sumarían a las once con las que hoy cuenta el organismo.

Señala así mismo la iniciativa que si bien  es cierto el Acuerdo No 024 de 2012 que  creó la Sobretasa Bomberil argumenta que « los mayores generadores de los riesgos de incendio y eventos conexos son la Industria y el Comercio», el servicio de bomberos se presta a toda la comunidad Girardoteña.

Sumado lo anterior a que «los recursos generados no son suficientes para atender las necesidades frente a bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la planta administrativa y operativa, inversión de equipos para la atención de emergencias y ampliación de las unidades de bomberos que atienden la gestión integral de riesgos contra incendios y en general para financiar las demás   funciones atribuidas a la Corporación».

Otra de las necesidades que actualmente tiene el Cuerpo Oficial de Bomberos y para la cual se argumenta la obtención de recursos, es la adquisición de una máquina tipo cisterna con capacidad de 2 200 galones, equipos de auto contenido, trajes estructurales y elementos de protección personal para el equipo humano que se planea vincular al cuerpo oficial.

De ser aprobada la iniciativa, la sobretasa bomberil la pagarán todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades industriales, comerciales, de servicios y del sector financiero, no propietarios del inmueble  en el cual ejercen sus actividades gravables.

Esta obligación tributaria pesará también sobre todos los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado, las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a través de  consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos, en quienes se figure el hecho generador del impuesto.

Conforme a  la propuesta presentada a consideración del Concejo,  «los recursos de la Sobretasa Bomberíl serán  destinados al  mantenimiento, dotación, compra de equipo de rescate, nuevas maquinarias, desarrollo tecnológico en los campos de la prevención, ampliación del cuerpo operativo de bomberos que se requiere para operar eficientemente, gastos  de funcionamiento del personal operativo y administrativo, capacitación, extinción e investigación de incendios y eventos conexos que son atendidos por la Corporación Prodesarrollo Y Seguridad De Girardot  a través del Cuerpo Oficial De Bomberos Del Municipio De Girardot».