Economía
Se amplía el plazo para pagar el impuesto Predial, Industria y Comercio, y otras obligaciones tributarias en Girardot
La prolongación en las fechas está contenido en el Acuerdo Municipal que por unanimidad aprobó el pasado fin de semana el Concejo Municipal en desarrollo del periodo de sesiones extraordinarias convocado por el alcalde José Francisco Lozano Sierra.

Un mayor plazo para cancelar sus obligaciones tributarias con el municipio de Girardot correspondientes al año 2020 y anteriores, tendrán los contribuyentes de los impuestos Predial y Complementario, Industria y Comercio, y deudores de la Secretaría de Tránsito y Transportes.
La prolongación en las fechas está contenido en el Acuerdo Municipal que por unanimidad aprobó el pasado fin de semana el Concejo Municipal en desarrollo del periodo de sesiones extraordinarias convocado por el alcalde José Francisco Lozano Sierra.
El Acuerdo Municipal que pasa a sanción del mandatario local también otorga beneficios a los morosos por concepto de multas y sanciones del 2019, y vigencias anteriores, lo mismo que alivios a los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito y de los servicios de parqueadero y grúa de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Girardot.
John Jairo Urquijo Sepúlveda ponente del Acuerdo aprobado aseguró que se busca un beneficio común para el municipio como para los contribuyentes, con miras a disminuir los efectos de la crisis económica frente a los efectos de la pandemia de la COVID – 19.
En el caso del Gobierno municipal facilitarle «recuperar su cartera y generar mayor liquidez». Y en el de los deudores morosos y demás contribuyentes procurar que puedan «aliviar su situación económica» con unos meses más para pagar sus obligaciones, y algunos beneficiarse de ciertos descuentos.
MAYOR PLAZO PARA CANCELAR IMPUESTOS CAUSADOS EN EL 2020
Para quienes encontrándose al día en el cumplimiento de sus obligaciones y aún no han podido pagar lo correspondiente al año gravable 2020, lo aprobado amplió durante unos meses el plazo para que puedan hacerlo.
En el caso del impuesto Predial y Complementario, el término que para el pago oportuno estaba dado hasta el 31 de mayo de 2021 fue extendido hasta el 31 de agosto del mismo año.
Cabe anotar que para estas personas no aplica descuento alguno sobre el valor total del monto del tributo a cancelar.
Conforme a lo anterior, a partir del primero de septiembre del 2021 a quienes no paguen su predial 2020, se les liquidarán los intereses de mora y sanciones ordenadas.
Para el caso del impuesto de Industria y Comercio correspondiente al año 2020, el límite máximo para su declaración y pago será hasta el 31 de julio de 2021.
Quienes no puedan hacerlo a esa fecha, serán objeto de intereses de mora y sanciones, los que les serán liquidados a partir del primero de agosto de 2021.
ALIVIOS PARA DEUDORES MOROSOS
Lo autorizado cobija a los contribuyentes que tienen impuestos pendientes de pago y que se encuentran en mora o extemporáneos, para quienes el Concejo Municipal consintió dar continuidad a los alivios económicos otorgados en el Acuerdo Municipal 014 de 2020.
Dichos beneficios consisten en un descuento del 60% en intereses y sanciones, debiendo cancelarse solo el 40% de los mismos, siempre y cuando el moroso pague el 100% del capital adeudado.
El plazo que para ello vencía el 30 de mayo de 2021, fue ampliado hasta el 30 de noviembre del 2021.
Los morosos que se acojan a este beneficio antes de la fecha estipulada para su terminación y se encuentre con obligaciones en procesos de cobro coactivo con el municipio, darán lugar a la terminación de los respectivos procesos y su correspondiente archivo sin importar la etapa procesal en que se hallen.
DEUDORES DE OBLIGACIONES CON LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Dentro del mismo Acuerdo aprobado, se autorizó establecer un alivio en los intereses a los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito de la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Girardot que se encuentren pendientes de pago.
Para estas personas se otorgaron los siguientes descuentos de los intereses por mora:
- Un 100% para quienes paguen su obligación a más tardar el 31 de julio de 2021.
- El 70% si cancelan a más tardar el 30 de septiembre de 2021.
- Un 50% para quienes lo hagan a más tardar el 16 de noviembre de 2021.
- El 40% si pagan a más tardar el 31 de diciembre de 2021.
DEUDORES DE SERVICIOS DE PARQUEADEROS Y GRÚA DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS
A los propietarios, infractores o poseedores de vehículos inmovilizados en los patios municipales se les concedió el 90% de descuento del valor total de los servicios adeudados por servicios de parqueadero y grúa.
Para acceder a tales beneficios que son de carácter temporal, el pago deberá hacerse con plazo máximo al 30 de septiembre de 2021.
Los deudores de los servicios de parqueadero y grúa de vehículos inmovilizados, deudores solidarios o garantes que decidan acogerse a este beneficio podrán suscribir acuerdos de pago que no podrán exceder la vigencia 2021.
El plazo máximo para la suscripción de estos convenios será el 30 de septiembre de 2021.
ACUERDOS DE PAGO PARA RESPONSABLES DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES
En su artículo cuarto el Acuerdo establece que se podrán suscribir acuerdos de pago sobre los impuestos que se encuentren en mora y los que tengan vencimiento durante la vigencia 2021.
Dicho beneficio aplica para:
- Contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos municipales.
- Deudores solidarios o garantes.
- Deudores de infracciones de tránsito.
El acuerdo aplicará para quienes tengan pendiente el pago de los impuestos que se encuentren en mora y para los contribuyentes que tengan vencimiento durante la vigencia 2021, con las siguientes condiciones:
- Que el convenio de pago no exceda el término de la vigencia 2021.
- Se les otorgará un descuento del 60%, sobre los intereses y sanciones originados por el impuesto objeto de pago.
- El plazo máximo para suscribir el acuerdo de pago será el 31 de julio de 2021.
- La tasa de interés moratorio será la aplicable para los impuestos nacionales según lo establecido en el Estatuto Tributario Nacional.
- Quienes deseen suscribir convenio de pago, deberán hacer la solicitud por escrito a través del correo electrónico: acuerdosdepago@girardot-cundinamarca.gov.co
CIERRE DEL PERIODO EXTRAORDINARIO. SE INICIAN LAS SESIONES ORDINARIAS
Para las 4:00 de la tarde de hoy lunes (31.05.2021) está citada la sesión de clausura del periodo de sesiones extraordinarias, en las que el Gobierno municipal y concejales que participan expondrán sus últimas consideraciones a los Proyectos de Acuerdo que están pendientes de votación.
Esos proyectos son, el 011 por el cual se establecen las normas para la aplicación de la participación en plusvalías de Girardot y el 010, mediante el cual se ajusta e implementa el Sistema de Gestión Ambiental Municipal (SIGAM) de Girardot.
De acuerdo a lo que han venido manifestado los ponentes de cada iniciativa, Farid Rodríguez Hennessey y Julián Augusto Huertas Fernández respectivamente, y teniendo en cuenta las consideraciones, análisis y aportes hechos por la mayoría de los concejales que han intervenido en las sesiones de estudio, lo que se prevé es que hoy sean aprobadas las dos propuestas.
El segundo periodo ordinario del año, correspondiente a los meses de junio y julio de 2021 será instalado mañana martes (01.06.2021).
Al momento de publicar esta información, aún no se conocía oficialmente la hora de la sesión de instalación que será citada por el presidente de la corporación, Juan Carlos Ortiz Arias.