Movilidad

Pico y Placa se decreta en Girardot para los tres puentes festivos de junio

La norma que también aplica para el ingreso al municipio de Girardot, establece como medida transitoria el Pico y Placa para restringir la circulación de vehículos automotores particulares, incluidas las motocicletas, teniendo en cuenta el último número de la placa, «durante los días comprendidos entre el 12 a1 15, el 19 al 22 y el 26 al 29 de junio de 2020» de acuerdo a la siguiente relación:

Pico y Placa se decreta en Girardot para los tres puentes festivos de junio

Mediante el Decreto No 113 del 10 de junio de 2020, el alcalde de Girardot José Francisco Lozano Sierra conforme a la medida decretada por el gobernador de Cundinamarca, Nicolás García Bustos, restringe la movilidad de medios de transporte y/o personas en los accesos a la jurisdicción del municipio de Girardot durante los fines de semana y festivos del mes de junio de 2020.

En cumplimiento del acto administrativo, durante los puentes festivos de Corpus Christi, Sagrado Corazón de Jesús, San Pedro y San Pablo, las restricciones regirán de la siguiente manera: 

  • Desde las 23:59 horas del jueves 11 de junio, hasta las 23:59 horas del lunes 15 de junio. 
  • Desde las 23:59 horas del jueves 18 de junio, hasta las 23:59 horas del lunes 22 de junio.
  • Desde las 23:59 horas del jueves 25 de junio,  hasta las 23:59 horas del lunes 29 de junio.

Se exceptúa la movilidad del servicio público de transporte terrestre y de personas que sea estrictamente necesario para el desarrollo de las actividades permitidas en el Artículo 3 del Decreto 749 de 2020.

TOQUE DE QUEDA ENTRE LAS 7:00 P.M. Y LAS 5:00 A.M.

El Decreto establece igualmente la medida de toque de queda, que regirá durante los días «comprendidos entre el 11 al 15 de junio, el 18 al 22 de junio y el 25 al 29 de junio de 2020», en el horario comprendido «entre las diecinueve horas (19:00 p.m.) a las cinco horas (5:00 a.m.) (sic) en todo el municipio de Girardot, restringiendo la permanencia y circulación de personas en parques calles, plazas, vías, avenidas, andenes, vías peatonales y los demás lugares que se consideren espacio público».

PICO Y PLACA COMO MEDIDA TRANSITORIA

La norma que también aplica para el ingreso al municipio de Girardot,  establece como medida transitoria el Pico y Placa para restringir la circulación de vehículos automotores particulares, incluidas las motocicletas, teniendo en cuenta el último número de la placa, «durante los días comprendidos entre el 12 a1 15, el 19 al 22 y el 26 al 29 de junio de 2020» de acuerdo a la siguiente relación:

Viernes 12       1-2-3

Sábado 13       4-5-6

Domingo 14     7-8-9

Lunes 15         0-1-2

Viernes 19       1-2-3

Sábado 20       4-5-6

Domingo 21     7-8 -9

Lunes 22         0-1-2

Viernes 26       1-2-3

Sábado 27       4-5-6

Domingo 28     7-8-9

Lunes 29          0-1-2

MEDIDA DE PICO Y CÉDULA TAMBIÉN APLICA PARA INGRESAR A GIRARDOT

Para ingresar al municipio de Girardot las personas estarán sujetas a la medida de Pico y Cédula que viene rigiendo en cumplimiento del Decreto Municipal No 111 del 30 de mayo de 2020.

Jueves 11          9 y 0

Viernes 12         1 y 2     

Sábado 13         3 y 4     

Domingo 14       5 y 6                

Lunes 15           7 y 8                     

Jueves 18          3 y 4               

Viernes 19         5 y 6

Sábado 20         7 y 8

Domingo 21       9 y 0

Lunes 22           1 y 2

Jueves 25          7 y 8

Viernes 26          9 y 0

Sábado 27          1 y 2

Domingo 28        3 y 4

Lunes 29             5 y 6

Como excepción a las medidas establecidas se encuentran la asistencia y prestación de servicios de salud; las actividades relacionadas con el servicio de emergencias incluidas las veterinarias; los servicios funerarios; los servicios de seguridad; el suministro de medicamentos; las actividades de las fuerzas militares, policía nacional y organismos de seguridad del estado; la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada, y las relacionadas con actividades necesarias para garantizar la operación y prestación de servicios públicos domiciliarios.

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