Ciudad

Plusvalía en Girardot: cuál sería el monto a pagar y otros interrogantes en caso de aprobarse el tributo

En cuanto al monto que se debería pagar por dicha participación, uno de los puntos que mayor discusión ha originado, el concejal John Jairo Urquijo Sepúlveda ha sugerido dejar una sola tasa y no las seis diferenciales presentadas por el Gobierno, precisando que no hacerlo generaría confusiones y un desgaste administrativo.

Plusvalía en Girardot: cuál sería el monto a pagar y otros interrogantes en caso de aprobarse el tributo

En cuánto debe quedar fijada la tasa por participación en la plusvalía y quiénes serían los responsables del pago de esa contribución, son algunos de los interrogantes que aún no tienen respuesta dentro del estudio del Proyecto de Acuerdo que en tal sentido adelanta en su periodo de sesiones extraordinarias el Concejo Municipal de Girardot.

Cabe anotar que la plusvalía es entendida como el incremento en el valor del suelo generado, bien sea por una acción del Estado relacionada con las obras públicas y sus mejoras, o por un cambio normativo en las decisiones que el mismo Estado adopte frente al uso del suelo.

Para avanzar en los análisis y discusiones que permitan llegar a la sesión citada para las 5:00 de la tarde de hoy (25.05.21) con posiciones más claras, el ponente de la iniciativa Farid Rodríguez Hennessey anunció una nueva reunión técnica de carácter virtual con la participación de la Secretaría de Hacienda, Concejales y ciudadanos que se han mostrado interesados en aportar al estudio.  El encuentro se desarrollará a partir de las 11:00 de la mañana de hoy martes.

En cuanto al monto que se debería pagar por dicha participación, uno de los puntos que mayor discusión ha originado, el concejal John Jairo Urquijo Sepúlveda ha sugerido dejar una sola tasa y no las seis diferenciales presentadas por el Gobierno, precisando que no hacerlo generaría confusiones y un desgaste administrativo. 

Su propuesta es que la referida tasa sea del 30% teniendo en cuenta que conforme lo establece la Ley 388 de 1997 conocida como Ley de Desarrollo Territorial, el monto «podrá oscilar entre el 30% y el 50% del mayor valor por metro cuadrado».

En su defensa a la iniciativa presentada por el alcalde José Francisco Lozano Sierra asegura, que contrario a lo manifestado en algunos sectores, ésta no perjudicará a ciudadanos estrato uno, dos o tres que tengan vivienda en una zona afectada por dicha participación, ya que por el contrario, ellos también obtendrían utilidades en el momento de vender su propiedad.

En su concepto con la plusvalía todos ganan, ya que « se genera una transacción de negocio que beneficia al vendedor, beneficia al municipio y beneficia al comprador […]».  

La participación en la plusvalía no es otra cosa que decirle a los propietarios de predios que se valorizan por obras de infraestructura de urbanismo ejecutadas por el Estado, que parte de la utilidad la compartan con el municipio para que a su vez haya una «redistribución del recurso en el bienestar urbanístico de todos los ciudadanos», especialmente de los residentes en aquellos sectores populares, añadió.

VOZ JHON JAIRO URQUIJO SEPÚLVEDA (Plusvalía y estratos sociales)

NO TODOS DEBEN PAGAR LA PARTICIPACIÓN POR PLUSVALÍA

Otro de los temas que aún no está definido dentro del estudio en mención, es ¿qué predios se afectarían con esta participación?, y en consecuencia, ¿quiénes deberán pagar dicha obligación tributaria?, por lo que el concejal Urquijo ha solicitado a la Oficina Asesora de Planeación el análisis técnico del territorio que adelanta el municipio, explicando que a partir de este se encuentran « los posibles cambios que se van a realizar en el ordenamiento territorial».

Es en ese análisis técnico en « donde debe estar el inventario de todos aquellos predios […] que van a tener una afectación con cada uno de los cuatro hechos generadores de la plusvalía […] » señaló, al tiempo que solicitó quede establecida la exoneración del cobro de participación en la plusvalía a los inmuebles destinados a la construcción de vivienda de interés social e interés prioritario.

SECTORES DE GIRARDOT CON UN USO DEL SUELO «MAL ORGANIZADO»

Para el arquitecto Carlos Martínez, quien en la plenaria del pasado jueves (20.05.21) expuso sus consideraciones frente al Proyecto en estudio, la plusvalía le da al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) una herramienta que le permite generar un territorio industrial dotado debidamente de los «servicios públicos» que necesita, ya que a su criterio, lo que existe en Girardot son «sectores donde tenemos una industria dispersa y desorganizada», mencionando los barrios Santander, San Antonio y Rosablanca.

La problemática, añadió, incluye barrios como el Gaitán y la Estación, los que hace «más de unos 8 años aproximadamente» se están utilizando para la construcción de bodegas, o para convertir las casas en sitios de almacenamiento, cuando son espacios para «actividades familiares de tipo residencial […] ».

Mencionó igualmente sectores como el barrio Sucre, y «el mismo sector del Granada, que […] ha tenido un cambio en el uso del suelo», y en el que afirmó, «se han ubicado […] todos los servicios de salud […]».

Cabe recalcar que en el caso de este último el cambio de uso del suelo es norma municipal al haber sido así establecido en el POT vigente.

HECHOS QUE GENERARÁN LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA

De acuerdo a la normatividad colombiana, son hechos generadores de la participación en la plusvalía:

«1. La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte del suelo rural como suburbano.

»2. El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo.

»3. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez».

Ha sido enfático el Gobierno municipal en señalar que solo hasta que el POT haya sido actualizado se podría aplicar el cobro por concepto de los dos primeros hechos generadores.

DESTINACIÓN DE LOS DINEROS PROVENIENTES DE LA PLUSVALÍA

En cumplimiento de la Ley 388, los dineros que se recauden producto de la participación en la plusvalía se destinará a los siguientes fines:

«1. Compra de predios o inmuebles para desarrollar planes o proyectos de vivienda de interés social.

»2. Construcción o mejoramiento de infraestructuras viales, de servicios públicos domiciliarios, áreas de recreación y equipamientos sociales para la adecuación de asentamientos urbanos en condiciones de desarrollo incompleto o inadecuado.

»3. Ejecución de proyectos y obras de recreación, parques y zonas verdes y expansión y recuperación de los centros y equipamientos que conforman la red del espacio público urbano.

»4. Financiamiento de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo de interés general.

»5. Actuaciones urbanísticas en macro proyectos, programas de renovación urbana u otros proyectos que se desarrollen a través de unidades de actuación urbanística.

»6. Pago de precio o indemnizaciones por acciones de adquisición voluntaria o expropiación de inmuebles, para programas de renovación urbana.

»7. Fomento de la creación cultural y al mantenimiento del patrimonio cultural del municipio o distrito, mediante la mejora, adecuación o restauración de bienes inmuebles catalogados como patrimonio cultural, especialmente en las zonas de la ciudad declaradas como de desarrollo incompleto o inadecuado».