Nación
Avanza en el Congreso Ley que regule el trabajo en casa
Si pasados esos seis meses la empresa insiste en mantener tal figura tendrá que replantear los contratos laborales y adecuarlos al teletrabajo, para lo cual deberán justificar la fuerza mayor existente.

Solo durante tres meses máximo, prorrogables por 90 días más en casos excepcionales, los empleadores podrán enviar a sus empleados a desempeñarse mediante la modalidad de «trabajo en casa».
Si pasados esos seis meses la empresa insiste en mantener tal figura tendrá que replantear los contratos laborales y adecuarlos al teletrabajo, para lo cual deberán justificar la fuerza mayor existente.
La medida acompañada por la que establece la entrega al trabajador de un auxilio de conectividad hasta por dos salarios mínimos a cambio del auxilio de transporte y la obligatoriedad de la empresa de asumir la capacitación y desarrollo de competencias digitales del empleado, hacen parte del articulado del Proyecto de Ley que busca regular el trabajo en casa.
La iniciativa presentada con mensaje de urgencia por el Gobierno nacional al Congreso de la República propone que el trabajador mantenga los derechos y garantías que rigen su relación laboral, como por ejemplo las que regulan la jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, al tiempo que establece medidas en «el horario, seguridad social, derecho a la desconexión, capacitaciones, salarios, afiliaciones a riesgos laborales, entre otros».
El proyecto aprobado en sesión conjunta por las comisiones séptimas de Senado y Cámara de Representantes pasa a último debate en plenarias conjuntas de las dos Corporaciones.
Varios de los parlamentarios que apoyan la iniciativa indicaron que busca que no se afecte la remuneración del trabajador, y que reciba los salarios y prestaciones sociales a que tiene derecho según lo fijado en el contrato laboral.
Dentro de las precisiones hechas se enfatizó en diferenciar el trabajo en casa, del teletrabajo, entendido el primero como aquel que «no necesariamente implica que el empleado deba estar conectado todo el día para producir o cumplir con sus funciones laborales», y que se desarrolla en el marco de circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impiden que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar habitual de trabajo; en tanto que el teletrabajo reglamentado por ley desde el 2008, «se acuerda mediante un contrato laboral y se ejecuta mediante la utilización de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones».
Con el fin de evitar abusos como los que según el ponente del proyecto, Carlos Fernando Motoa, se han evidenciado en época de pandemia, la iniciativa establece que el trabajador tenga derecho a la desconexión laboral, es decir, a abstenerse de prestar el servicio durante sus tiempos de descanso. Ese derecho incluye el de no laborar en casa si existe una incapacidad médica.