Medioambiente
Suspender, hasta nueva orden, explotación minera a una empresa en el Carmen de Apicalá, ordenó la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima
El informe de la comisión reporta así mismo que debido a la descarga de aguas residuales del proceso de beneficio minero, se ha generado un impacto sobre la quebrada Apicalá, resultado este de la acumulación de sedimentos en la margen izquierda aguas abajo de la fuente hídrica.

Medida preventiva de suspensión de las actividades que la empresa Inversiones y Minería San José del Paso LTDA, que adelanta en la vereda «Bolivia» del municipio de Carmen de Apicalá, impuso la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima.
La entidad ambiental revela que la medida adoptada mediante la Resolución 3440 del 3 de octubre de 2019, se toma tras denuncias ciudadanas que daban cuenta de la afectación que dicha actividad estaba ocasionando en la quebrada «Apicalá».
El tema fue atendido a través de una comisión enviada al lugar por la subdirección de calidad ambiental, la que una vez realizó la visita requerida determinó que si bien en el momento de la inspección no se adelantaba actividad alguna, sí «se evidenció que en días anteriores se han realizado labores y se observó acopio de material húmedo, huellas de maquinaria recientes y almacenamiento de sedimentos sin disposición alguna».
La visita permitió igualmente establecer que «las piscinas de sedimentación que se están implementando no cumplen técnicamente con su objetivo», lo que lleva a que «los sedimentos lleguen a la fuente hídrica sin ningún tratamiento».
El informe de la comisión reporta así mismo que debido a la descarga de aguas residuales del proceso de beneficio minero, se ha generado un impacto sobre la quebrada Apicalá, resultado este de la acumulación de sedimentos en la margen izquierda aguas abajo de la fuente hídrica.
La medida preventiva de suspensión originada tanto por el impacto que ha recibido la quebrada, como por el vencimiento de la licencia ambiental y permisos otorgados, aplica para las actividades de «extracción, beneficio, captación de aguas superficiales y vertimientos».
Una vez la empresa minera cumpla la totalidad de las obligaciones derivadas de la licencia ambiental y Cortolima haya otorgado los permisos correspondientes, podrá ser levantada la medida preventiva, señala la entidad ambiental.
Fuente: Cortolima
Foto archivo Plus Publicación.