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Termina restricción en Girardot para los parrilleros en moticleta

Se espera, según fuentes del gobierno municipal, que antes de finalizar el año el ejecutivo vuelva a decretar estas restricciones con las que se busca no solo preservar el orden público sino controlar la prestación del servicio público de transporte ilegal previsto en la Ley 769 de 2002, Artículo 131, Literal D.

Termina restricción en Girardot para los parrilleros en moticleta

Perdieron vigencia en Girardot  las medidas que  restringían  la  circulación de parrillero en motocicleta.

Tanto el Decreto 155, que condicionaba el tránsito de motocicletas de cualquier cilindraje con pasajero hombre mayor de doce años, como el Decreto 156, delimitando el ingreso de motocicleta con acompañante  al centro de la ciudad en horarios especiales, no pueden continuar aplicándose.

Lo anterior teniendo en cuenta que los dos actos administrativos en los que se decretan las medidas fueron promulgados por el alcalde César Fabián Villalba el miércoles 10 de octubre de 2018, con vigencia de un año, venciendo su validez el pasado jueves.

Se espera, según fuentes del gobierno municipal, que antes de finalizar el año el ejecutivo vuelva a decretar estas restricciones con las que se busca no solo preservar el orden público sino controlar la prestación del servicio público de transporte ilegal previsto en la Ley 769 de 2002, Artículo 131, Literal D.

En el caso del decreto que restringe la circulación del parrillero hombre, la motivación ha estado sustentada en que las estadísticas entregadas por el comandante de policía han demostrado «que el empleo de motocicletas en el municipio de Girardot es el medio más utilizado para las personas del común e integrantes de bandas delincuenciales, lo cual es aprovechado por delincuentes  para camuflarse y lograr circular con tranquilidad […]»,  lo que hace necesaria la medida, «con el fin de contrarrestar el incremento de los diferentes delitos de impacto en la localidad de Girardot […]».

El decreto que delimita la circulación de acompañante parrillero por determinadas zonas y  en horarios especiales, exceptuando a  los miembros del núcleo familiar del conductor o propietario que se identifiquen con el respectivo carnet,  o tarjeta de control,  responde a la facultad dada por el gobierno nacional a las autoridades municipales que detecten que en sus entes territoriales «se está desarrollando una modalidad ilegal de servicio público de transporte de pasajeros utilizando la movilización de personas en motocicleta».