Comunidad
Nueva medida restringiendo la circulación de motocicletas emite la Alcaldía Municipal de Girardot
La restricción permanecerá vigente durante lo que resta del presente año 2019. Quien incumpla la misma será objeto de las sanciones previstas en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, bajo la codificación C-14 según corresponda.
Hace unas horas la alcaldía municipal dio a conocer el Decreto N° 297 «por medio del cual se restringe la circulación y parqueo de motocicletas en el municipio de Girardot», expedido el pasado miércoles 4 de diciembre por el alcalde César Fabián Villalba Acevedo.
La medida rige para toda la jurisdicción municipal en el horario comprendido entre las 00:00 horas, hasta las 4:00 de la mañana todos los días de la semana.
La restricción permanecerá vigente durante lo que resta del presente año 2019. Quien incumpla la misma será objeto de las sanciones previstas en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, bajo la codificación C-14 según corresponda.
Lo dispuesto incluye la prohibición a las estaciones de servicio ubicadas en el municipio de Girardot de «tanqueo» de vehículos tipo motocicleta dentro del mismo horario de lunes a domingo.
La medida, según el acto administrativo, se dicta con miras a la preservación del orden público, y garantizar durante lo que resta del año 2019, la seguridad ciudadana.