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Ampliación del pago diferido del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo hasta el 31 de julio. Estrato tres y cuatro además de comerciantes, también se benefician

La medida también tiene en cuenta a aquellas organizaciones que se encuentren autorizadas para prestar servicios de agua potable en el sector rural, siempre y cuando se encuentren vigilados por la Superintendecia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Ampliación del pago diferido del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo hasta el 31 de julio. Estrato tres y cuatro además de comerciantes, también se benefician

El Gobierno Nacional anunció nuevas medidas que amparan a los estratos 1, 2,3 y 4, en los temas de agua potable y saneamiento básico, así como a ciertas empresas prestadoras del servicio público mencionado y a entidades sin ánimo de lucro.  

Sobre el tema el ministro de vivienda, Jonathan Malagón, señaló que «Hasta el 31 de julio ampliamos el plazo para que las familias de los estratos 1 y 2 tengan la posibilidad de diferir hasta en 36 meses las facturas de acueducto, alcantarillado y aseo con una tasa de interés del 0%. El mismo plazo queda establecido para los hogares de los estratos 3 y 4, y para usuarios comerciales e industriales que por la emergencia no puedan pagar oportunamente sus recibos de servicios públicos, en este caso se podrá diferir el pago hasta en 24 meses a un interés real del 0%».

El Decreto 819 del 4 de junio de 2020 establece para estos casos lo siguiente:

  • Extensión del pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo:

Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo podrán diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el cobro de las facturas, por concepto de cargos fijos y consumo, a los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2, emitidas a partir de la expedición del Decreto Legislativo 528 de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020, sin que pueda trasladarle al usuario final ningún interés o costo financiero por el diferimiento del cobro.  

  • Pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo para los usuarios de los estratos 3 y 4, y de los usos industrial y comercial:

Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo, podrán diferir por un plazo de veinticuatro (24) meses el cobro de las facturas, que incluyen el cargo fijo y el consumo no subsidiado a usuarios residenciales de estratos 3 y 4. Y de los usos industrial y comercial, emitidas a partir de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica contenida en el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020.

  • Pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo para las entidades sin ánimo de lucro como zoológicos, tenedores de fauna, aviario, acuarios y jardines botánicos o entidades afines.

Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo, podrá diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el cobro del cargo fijo y del consumo no subsidiado a las entidades sin ánimo de lucro como Zoológicos, Tenedores de Fauna, Aviario, Acuarios y Jardines Botánicos o entidades afines, por los consumos causados durante la presente Emergencia Económica, Social y Ecológica y los sesenta (60) días siguientes a dicha declaratoria, sin que pueda trasladársele al usuario final ningún interés o costo financiero por el diferimiento del cobro.

Se deja claro para este punto que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) deben corroborar la necesidad de la empresa solicite acogerse a esta medida.

SUBSIDIO RURAL

La medida también tiene en cuenta a aquellas organizaciones que se encuentren autorizadas para prestar servicios de agua potable en el sector rural, siempre y cuando se encuentren vigilados por la Superintendecia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Al respecto el ministro señaló que « […] Este alivio será de $12.400 pesos mensuales por usuario y aplicará hasta diciembre. Así, un usuario rural en Colombia paga entre $19 mil y $20 mil pesos al mes, con este subsidio del Gobierno Nacional, quedaría pagando entre $7 mil y $8 mil pesos, lo cual es un alivio significativo para una población con altos niveles de vulnerabilidad (sic)».

Foto Pixabay.